A/HRC/RES/37/31
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
13 de abril de 2018
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
37º período de sesiones
26 de febrero a 23 de marzo de 2018
Tema 4 de la agenda
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 23 de marzo de 2018
37/31.
Situación de los derechos humanos en Sudán del Sur
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Guiado también por la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Carta
Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y los tratados pertinentes de derechos
humanos,
Reafirmando que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y
derechos y que toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en la
Declaración Universal de Derechos Humanos,
Recordando la resolución 34/25 del Consejo de Derechos Humanos, de 24 de marzo
de 2017, el 26º período extraordinario de sesiones del Consejo, incluida su resolución
S-26/1, de 14 de diciembre de 2016, sobre la situación de los derechos humanos en Sudán
del Sur, y su resolución 31/20, de 23 de marzo de 2016, en la que el Consejo estableció la
Comisión sobre los Derechos Humanos en Sudán del Sur, y todas las demás resoluciones
anteriores del Consejo de Derechos Humanos y del Consejo de Seguridad, así como las
declaraciones del Presidente, sobre Sudán del Sur,
Profundamente alarmado ante el informe de la Comisión sobre los Derechos
Humanos en Sudán del Sur1, en el que se señala que algunas de las violaciones de los
derechos humanos podrían constituir crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, y
que el conflicto y la violencia vividos en Sudán del Sur incluyen ataques contra la
población civil, actos contra civiles escogidos por su identidad étnica, asesinatos,
secuestros, torturas, violaciones y otras formas de violencia sexual y de género, denegación
deliberada de alimentos, saqueos y destrucción de hogares y aldeas, violencia contra los
niños, reclutamiento o utilización de niños soldados y ataques contra escuelas u hospitales,
Acogiendo con beneplácito los informes conjuntos de la Oficina del Alto
Comisionado para los Derechos Humanos y de la Misión de las Naciones Unidas en Sudán
del Sur de enero de 2017, junio de 2017 y febrero de 2018, y las recomendaciones
recogidas en ellos, profundamente preocupado por sus conclusiones, y acogiendo con
beneplácito los informes del Secretario General y del Grupo de Expertos sobre Sudán del
1
A/HRC/37/71.
GE.18-05895 (S)
070518
080518