Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/65/296
Distr. general
30 de agosto de 2011
Sexagésimo quinto período de sesiones
Temas 147 y 148 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 30 de junio de 2011
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/65/654/Add.1)]
65/296. Financiación de la Misión de las Naciones Unidas
en la República Democrática del Congo y la Misión
de Estabilización de las Naciones Unidas en la
República Democrática del Congo
La Asamblea General,
Habiendo examinado los informes del Secretario General sobre la financiación
de la Misión de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo y la
Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Democrática del
Congo 1, y el informe conexo de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos
y de Presupuesto 2,
Recordando las resoluciones del Consejo de Seguridad 1258 (1999), de 6 de
agosto de 1999, y 1279 (1999), de 30 de noviembre de 1999, relativas al despliegue
de personal de enlace militar en la región de la República Democrática del Congo y
al establecimiento de la Misión de las Naciones Unidas en la República Democrática
del Congo, respectivamente, y las resoluciones posteriores en las que el Consejo
prorrogó el mandato de la Misión, la más reciente de las cuales es la resolución
1925 (2010), de 28 de mayo de 2010, en la que el Consejo decidió prorrogar el
despliegue de la Misión hasta el 30 de junio de 2010,
Recordando también la resolución 1925 (2010), en la que el Consejo decidió
que a partir del 1 de julio de 2010 la Misión pasaría a denominarse Misión de
Estabilización de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo,
decidió que el despliegue de la Misión de Estabilización se prolongaría hasta el
30 de junio de 2011 y autorizó el mantenimiento hasta esa fecha de una dotación
máxima de 19.815 efectivos militares, 760 observadores militares, 391 agentes de
policía y 1.050 agentes de unidades de policía constituidas, y recordando además la
resolución 1991 (2011), de 28 de junio de 2011, en la que el Consejo decidió
prorrogar hasta el 30 de junio de 2012 el mandato de la Misión de Estabilización,
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1
2
10-53033
A/65/682 y A/65/744.
A/65/743/Add.8.
*1053033*
Se ruega reciclar
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