Naciones Unidas Asamblea General A/RES/70/219 Distr. general 15 de febrero de 2016 Septuagésimo período de sesiones Tema 24 b) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 22 de diciembre de 2015 [sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/70/476/Add.2)] 70/219. La mujer en el desarrollo La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 50/104, de 20 de diciembre de 1995, 52/195, de 18 de diciembre de 1997, 54/210, de 22 de diciembre de 1999, 56/188, de 21 de diciembre de 2001, 58/206, de 23 de diciembre de 2003, 59/248, de 22 de diciembre de 2004, 60/210, de 22 de diciembre de 2005, 62/206, de 19 de diciembre de 2007, 64/217, de 21 de diciembre de 2009, 66/216, de 22 de diciembre de 2011, 68/227, de 20 de diciembre de 2013, 69/236, de 19 de diciembre de 2014, y todas las demás resoluciones relativas a la mujer en el desarrollo, así como las resoluciones pertinentes y las conclusiones convenidas aprobadas por la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, incluidas las declaraciones aprobadas en sus períodos de sesiones 49º 1 y 54º 2, Reafirmando la Declaración del Milenio 3, en la que se afirma que se debe garantizar la igualdad de derechos y oportunidades de homb res y mujeres y se insta, entre otras cosas, a promover la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer como medios eficaces y esenciales de erradicar la pobreza y el hambre, combatir las enfermedades y estimular un desarrollo verdaderamente sostenib le, Reafirmando su resolución 70/1, de 25 de septiembre de 2015, titulada “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, en la que adoptó un amplio conjunto de Objetivos de Desarr ollo Sostenible y metas universales y transformativos, de gran alcance y centrados en las personas, su compromiso de trabajar sin descanso a fin de conseguir la plena implementación de la Agenda a más tardar en 2030, su reconocimiento de que la erradicació n de la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para el desarrollo sostenible, su compromiso de lograr el desarrollo sostenible en sus tres dimensiones —económica, social y ambiental— de forma equilibrada e _______________ 1 Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2005, Suplemento núm. 7 y corrección (E/2005/27 y Corr.1), cap. I, secc. A. 2 Ibid., 2010, Suplemento núm. 7 y corrección (E/2010/27 y Corr.1), cap. I, secc. A. 3 Resolución 55/2. 15-16973 (S) *1516973*

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