A/HRC/RES/21/8
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. limitada
10 de octubre de 2012
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
21º período de sesiones
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos*
21/8. La utilización de mercenarios como medio de violar los
derechos humanos y obstaculizar el ejercicio del derecho
de los pueblos a la libre determinación
El Consejo de Derechos Humanos,
Recordando todas las resoluciones anteriores sobre este tema aprobadas por la
Asamblea General, el Consejo de Derechos Humanos y la Comisión de Derechos
Humanos, en particular la resolución 64/151 de la Asamblea General, de 18 de diciembre
de 2009, y las resoluciones del Consejo 10/11, de 26 de marzo de 2009, 15/12, de 30 de
septiembre de 2010, 15/26, de 1º de octubre de 2010, y 18/4, de 29 de septiembre de 2011,
Recordando también todas las resoluciones pertinentes en las que, entre otras cosas,
se condena a todo Estado que permita o tolere el reclutamiento, la financiación, el
adiestramiento, la concentración, el tránsito o la utilización de mercenarios con el objetivo
de derrocar a gobiernos de Estados Miembros de las Naciones Unidas, especialmente de
países en desarrollo, o de luchar contra movimientos de liberación nacional, y recordando
además las resoluciones y los instrumentos internacionales pertinentes aprobados por la
Asamblea General, el Consejo de Seguridad, el Consejo Económico y Social, la Unión
Africana y la Organización de la Unidad Africana, entre ellos, la Convención para la
eliminación de la actividad de mercenarios en África, de la Organización de la Unidad
Africana,
Reafirmando los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones
Unidas relativos al estricto respeto de los principios de igualdad soberana, independencia
política, integridad territorial de los Estados, libre determinación de los pueblos, no
utilización de la fuerza o de la amenaza del uso de la fuerza en las relaciones
internacionales y no injerencia en los asuntos de jurisdicción interna de los Estados,
* Las resoluciones y decisiones aprobadas por el Consejo de Derechos Humanos se publicarán en el
informe del Consejo sobre su 21º período de sesiones (A/HRC/21/2), cap. I.
GE.12-17332 (S)
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