A/HRC/RES/55/18 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 8 de abril de 2024 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 55º período de sesiones 26 de febrero a 5 de abril de 2024 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 4 de abril de 2024 55/18. Mandato del Experto Independiente sobre el disfrute de los derechos humanos de las personas con albinismo El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Guiado también por la Declaración Universal de Derechos Humanos y recordando los tratados internacionales de derechos humanos pertinentes, en particular el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño, Reafirmando que todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona y que nadie será sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Recordando la universalidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación de todos los derechos humanos y la necesidad de garantizar a las personas con albinismo el pleno disfrute de sus derechos y libertades sin discriminación, Recordando también sus resoluciones 5/1, relativa a la construcción institucional del Consejo de Derechos Humanos, y 5/2, relativa al Código de Conducta para los Titulares de Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, de 18 de junio de 2007, y destacando que todos los titulares de mandatos deberán desempeñar sus funciones de conformidad con esas resoluciones y sus anexos, Recordando además la Declaración y el Programa de Acción de Viena, y recordando también los derechos de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental y a la educación, consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y otros tratados internacionales de derechos humanos pertinentes, GE.24-06310 (S) 170424 010524

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