A/HRC/RES/55/18
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
8 de abril de 2024
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
55º período de sesiones
26 de febrero a 5 de abril de 2024
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 4 de abril de 2024
55/18.
Mandato del Experto Independiente sobre el disfrute
de los derechos humanos de las personas con albinismo
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Guiado también por la Declaración Universal de Derechos Humanos y recordando los
tratados internacionales de derechos humanos pertinentes, en particular el Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la
Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
Racial, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra
la Mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño,
Reafirmando que todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad
de su persona y que nadie será sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos
o degradantes,
Recordando la universalidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación de
todos los derechos humanos y la necesidad de garantizar a las personas con albinismo el
pleno disfrute de sus derechos y libertades sin discriminación,
Recordando también sus resoluciones 5/1, relativa a la construcción institucional del
Consejo de Derechos Humanos, y 5/2, relativa al Código de Conducta para los Titulares de
Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, de 18 de junio de 2007, y
destacando que todos los titulares de mandatos deberán desempeñar sus funciones de
conformidad con esas resoluciones y sus anexos,
Recordando además la Declaración y el Programa de Acción de Viena, y recordando
también los derechos de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y
mental y a la educación, consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales y otros tratados internacionales de derechos humanos pertinentes,
GE.24-06310 (S)
170424
010524