A/RES/65/251
15. Solicita al Secretario General que vele por que la administración responda
oportunamente a las solicitudes del Ombudsman y de los Servicios de Mediación
teniendo en cuenta los párrafos 129 y 130 del informe del Secretario General sobre
las actividades de la Oficina del Ombudsman y de Servicios de Mediación2, y que la
informe al respecto en su sexagésimo sexto período de sesiones;
16. Decide fijar el mandato del Ombudsman de las Naciones Unidas en cinco
años, con la posibilidad de renovarlo por un período adicional, y solicita al
Secretario General que concluya con rapidez las negociaciones interinstitucionales
sobre el mandato revisado y le informe en su sexagésimo sexto período de sesiones,
incluso sobre la admisibilidad de que el jefe de la Oficina del Ombudsman y
Servicios de Mediación de las Naciones Unidas sea nombrado en otro cargo en las
Naciones Unidas tras la finalización de su mandato, teniendo en cuenta, entre otras
cosas, las posibles repercusiones en la contratación;
17. Recuerda sus solicitudes al Secretario General, que figuran en el
párrafo 67 a) de su resolución 62/228 y el párrafo 21 de su resolución 63/253, de
que la informara del mandato revisado de la Oficina del Ombudsman y Servicios de
Mediación, y solicita al Secretario General que vele por que el mandato y las
directrices para la División de Mediación se promulguen lo antes posible;
18. Recuerda el párrafo 12 de su resolución 61/261 y el párrafo 25 de su
resolución 62/228 en relación con el establecimiento de una Oficina del
Ombudsman única, integrada y descentralizada para la Secretaría y los fondos y
programas de las Naciones Unidas y solicita al Secretario General que vele por que
la estructura de la Oficina del Ombudsman y de Servicios de Mediación de las
Naciones Unidas refleje la responsabilidad del Ombudsman de las Naciones Unidas
de supervisar toda la Oficina;
19. Reafirma el párrafo 29 de su resolución 62/228 relativo al proceso de
nombramiento y designación del Ombudsman de las Naciones Unidas;
20. Coincide con las recomendaciones que figuran en la sección V del
informe del Secretario General sobre las actividades de la Oficina del Ombudsman y
de Servicios de Mediación de las Naciones Unidas2;
21. Recuerda los párrafos 11 y 12 de su resolución 64/233 y, en ese sentido,
acoge con beneplácito las iniciativas de la Oficina del Ombudsman y de Servicios
de Mediación de las Naciones Unidas, entre ellas la puesta en marcha del foro de
interesados clave, a fin de promover una mayor armonía en el lugar de trabajo;
22. Recuerda también las recomendaciones que figuran en los párrafos 124
a 126 y 128 a 133 del informe del Secretario General sobre las actividades de la
Oficina del Ombudsman y de Servicios de Mediación de las Naciones Unidas2 y
solicita al Secretario General que asegure la plena aplicación de las
recomendaciones que puedan llevarse a la práctica fácilmente y que no requieran
recursos adicionales ni enmiendas al Reglamento y Estatuto del Personal, y que
incluya todas las demás recomendaciones en el proyecto de presupuesto por
programas para el bienio 2012-2013;
23. Observa la recomendación 4 que figura en el párrafo 129 del informe del
Secretario General2 y solicita al Secretario General que, en consulta con los
interesados pertinentes, le presente una propuesta a ese respecto en su sexagésimo
sexto período de sesiones;
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