A/RES/65/251 15. Solicita al Secretario General que vele por que la administración responda oportunamente a las solicitudes del Ombudsman y de los Servicios de Mediación teniendo en cuenta los párrafos 129 y 130 del informe del Secretario General sobre las actividades de la Oficina del Ombudsman y de Servicios de Mediación2, y que la informe al respecto en su sexagésimo sexto período de sesiones; 16. Decide fijar el mandato del Ombudsman de las Naciones Unidas en cinco años, con la posibilidad de renovarlo por un período adicional, y solicita al Secretario General que concluya con rapidez las negociaciones interinstitucionales sobre el mandato revisado y le informe en su sexagésimo sexto período de sesiones, incluso sobre la admisibilidad de que el jefe de la Oficina del Ombudsman y Servicios de Mediación de las Naciones Unidas sea nombrado en otro cargo en las Naciones Unidas tras la finalización de su mandato, teniendo en cuenta, entre otras cosas, las posibles repercusiones en la contratación; 17. Recuerda sus solicitudes al Secretario General, que figuran en el párrafo 67 a) de su resolución 62/228 y el párrafo 21 de su resolución 63/253, de que la informara del mandato revisado de la Oficina del Ombudsman y Servicios de Mediación, y solicita al Secretario General que vele por que el mandato y las directrices para la División de Mediación se promulguen lo antes posible; 18. Recuerda el párrafo 12 de su resolución 61/261 y el párrafo 25 de su resolución 62/228 en relación con el establecimiento de una Oficina del Ombudsman única, integrada y descentralizada para la Secretaría y los fondos y programas de las Naciones Unidas y solicita al Secretario General que vele por que la estructura de la Oficina del Ombudsman y de Servicios de Mediación de las Naciones Unidas refleje la responsabilidad del Ombudsman de las Naciones Unidas de supervisar toda la Oficina; 19. Reafirma el párrafo 29 de su resolución 62/228 relativo al proceso de nombramiento y designación del Ombudsman de las Naciones Unidas; 20. Coincide con las recomendaciones que figuran en la sección V del informe del Secretario General sobre las actividades de la Oficina del Ombudsman y de Servicios de Mediación de las Naciones Unidas2; 21. Recuerda los párrafos 11 y 12 de su resolución 64/233 y, en ese sentido, acoge con beneplácito las iniciativas de la Oficina del Ombudsman y de Servicios de Mediación de las Naciones Unidas, entre ellas la puesta en marcha del foro de interesados clave, a fin de promover una mayor armonía en el lugar de trabajo; 22. Recuerda también las recomendaciones que figuran en los párrafos 124 a 126 y 128 a 133 del informe del Secretario General sobre las actividades de la Oficina del Ombudsman y de Servicios de Mediación de las Naciones Unidas2 y solicita al Secretario General que asegure la plena aplicación de las recomendaciones que puedan llevarse a la práctica fácilmente y que no requieran recursos adicionales ni enmiendas al Reglamento y Estatuto del Personal, y que incluya todas las demás recomendaciones en el proyecto de presupuesto por programas para el bienio 2012-2013; 23. Observa la recomendación 4 que figura en el párrafo 129 del informe del Secretario General2 y solicita al Secretario General que, en consulta con los interesados pertinentes, le presente una propuesta a ese respecto en su sexagésimo sexto período de sesiones; 3

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