A/RES/56/32 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 18 de diciembre de 2001 Quincuagésimo sexto período de sesiones Tema 42 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/56/L.24 y Add.1)] 56/32. El Golán sirio La Asamblea General, Habiendo examinado el tema titulado “La situación en el Oriente Medio”, Tomando nota del informe del Secretario General 1 , Recordando la resolución 497 (1981) del Consejo de Seguridad, de 17 de diciembre de 1981, Reafirmando el principio fundamental de que la adquisición de territorios por la fuerza es inadmisible, de conformidad con el derecho internacional y la Carta de las Naciones Unidas, Reafirmando una vez más la aplicabilidad del Convenio de Ginebra relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra, de 12 de agosto de 1949 2, al Golán sirio ocupado, Profundamente preocupada por el hecho de que Israel no se haya retirado del Golán sirio, que ha estado ocupado desde 1967, en contravención de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad y de la Asamblea General, Destacando la ilegalidad de la construcción de asentamientos y otras actividades israelíes en el Golán sirio ocupado desde 1967, Observando con satisfacción la celebración en Madrid, el 30 de octubre de 1991, de la Conferencia de Paz sobre el Oriente Medio, sobre la base de las resoluciones del Consejo de Seguridad 242 (1967), de 22 de noviembre de 1967, 338 (1973), de 22 de octubre de 1973, y 425 (1978), de 19 de marzo de 1978, y de la fórmula de territorio por paz, Expresando grave preocupación por la suspensión del proceso de paz en lo que respecta a las vías de negociación con la República Árabe Siria, y esperando que se reanuden en breve las conversaciones de paz desde el punto que se había alcanzado, _______________ 1 2 01 47836 A/56/480. Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 75, No. 973.

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