A/HRC/RES/20/17
2.
Condena las violaciones de los derechos humanos y los actos de violencia
cometidos en el norte de Malí en particular por los rebeldes, los grupos terroristas y otras
redes organizadas de delincuencia transnacional, que incluyen la violencia contra las
mujeres y los niños, las matanzas, la toma de rehenes, los saqueos, los robos y la
destrucción de sitios culturales y religiosos, así como el reclutamiento de niños soldados, y,
a este respecto, pide que se enjuicie a los autores de tales actos;
3.
Pide que cesen de inmediato todas las violaciones de los derechos humanos y
los actos de violencia y se respeten estrictamente todos los derechos humanos y las
libertades fundamentales;
4.
Apoya los esfuerzos que están realizando la Unión Africana y la Comunidad
Económica de los Estados de África Occidental con miras a la resolución de la crisis de
Malí y la restauración definitiva del orden constitucional, la paz y la seguridad en el país;
5.
Subraya la necesidad de facilitar el acceso de la población a la ayuda
humanitaria, agradece la asistencia humanitaria que se ha brindado a la población
necesitada e insta a la comunidad internacional a que, en concertación con las autoridades
de transición de Malí y los países fronterizos afectados, siga proporcionando asistencia
humanitaria adecuada para ayudar a los refugiados y los desplazados y para superar los
problemas planteados por la crisis humanitaria en el Sahel;
6.
Pide a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos que haga un seguimiento de la situación de los derechos humanos en el norte de
la República de Malí y que le presente un informe en su 21º período de sesiones;
7.
Decide seguir ocupándose de este asunto.
33ª sesión
6 de julio de 2012
[Aprobada sin votación.]
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GE.12-15400