A/HRC/RES/20/17 2. Condena las violaciones de los derechos humanos y los actos de violencia cometidos en el norte de Malí en particular por los rebeldes, los grupos terroristas y otras redes organizadas de delincuencia transnacional, que incluyen la violencia contra las mujeres y los niños, las matanzas, la toma de rehenes, los saqueos, los robos y la destrucción de sitios culturales y religiosos, así como el reclutamiento de niños soldados, y, a este respecto, pide que se enjuicie a los autores de tales actos; 3. Pide que cesen de inmediato todas las violaciones de los derechos humanos y los actos de violencia y se respeten estrictamente todos los derechos humanos y las libertades fundamentales; 4. Apoya los esfuerzos que están realizando la Unión Africana y la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental con miras a la resolución de la crisis de Malí y la restauración definitiva del orden constitucional, la paz y la seguridad en el país; 5. Subraya la necesidad de facilitar el acceso de la población a la ayuda humanitaria, agradece la asistencia humanitaria que se ha brindado a la población necesitada e insta a la comunidad internacional a que, en concertación con las autoridades de transición de Malí y los países fronterizos afectados, siga proporcionando asistencia humanitaria adecuada para ayudar a los refugiados y los desplazados y para superar los problemas planteados por la crisis humanitaria en el Sahel; 6. Pide a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que haga un seguimiento de la situación de los derechos humanos en el norte de la República de Malí y que le presente un informe en su 21º período de sesiones; 7. Decide seguir ocupándose de este asunto. 33ª sesión 6 de julio de 2012 [Aprobada sin votación.] 2 GE.12-15400

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