S/RES/2370 (2017) Naciones Unidas Consejo de Seguridad Distr. general 2 de agosto de 2017 Resolución 2370 (2017) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 8017ª sesión, celebrada el 2 de agosto de 2017 El Consejo de Seguridad, Recordando sus resoluciones 1267 (1999), 1373 (2001), 1844 (2008), 1963 (2010), 2129 (2013), 2195 (2014), 2220 (2015), 2253 (2015), 2322 (2016), 2341 (2017) y 2368 (2017), Reafirmando su responsabilidad primordial en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, Reafirmando su respeto de la soberanía, la integridad territorial y la independencia política de todos los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, Reafirmando que el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones constituye una de las amenazas más graves para la paz y la seguridad internacionales y que los actos de terrorismo son criminales e injus tificables, cualquiera que sea su motivación y cuandoquiera, dondequiera y por quienquiera que sean cometidos, y resuelto a seguir contribuyendo a reforzar la eficacia de todos los esfuerzos por luchar contra este flagelo a nivel mundial, Reafirmando que el terrorismo no debe asociarse a ninguna religión, nacionalidad, civilización o grupo étnico, Destacando que los Estados deben asegurar que cualquier medida que adopten para luchar contra el terrorismo se ajuste a todas las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional, y que deben adoptar esas medidas de conformidad con el derecho internacional, en particular el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho de los refugiados y el derecho humanitario, Gravemente preocupado por el hecho de que la transferencia ilícita, la acumulación desestabilizadora y el uso indebido de armas pequeñas y armas ligeras en muchas regiones del mundo siguen representando amenazas para la paz y la seguridad internacionales, causan considerables pérdidas de vidas humanas, contribuyen a la inestabilidad y la inseguridad y siguen socavando la eficacia del Consejo de Seguridad en el cumplimiento de su responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales, Condenando enérgicamente la constante corriente de armas, que incluyen armas pequeñas y armas ligeras, equipo militar, sistemas aéreos no tripulados y sus 17-13258 (S) *1713258*

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