A/RES/54/182
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Consciente de la apremiante necesidad de aplicar medidas eficaces en la esfera de los derechos humanos
y del socorro humanitario para proteger a la población civil de los efectos del conflicto armado,
Acogiendo con beneplácito el Acuerdo de Paz de 1997, la aceptación de la Declaración de Principios
como base de las negociaciones, y la declaración del Gobierno del Sudán sobre una cesación general del
fuego del 5 de abril de 1999, así como la decisión del Ejército de Liberación del Pueblo Sudanés de prorrogar
tres meses más la cesación del fuego en la región de Bahr el-Ghazal, en el Sudán meridional, y al mismo
tiempo, profundamente preocupada por las repercusiones en la situación de los derechos humanos del
conflicto que prosigue en el Sudán entre el Gobierno del Sudán y el Ejército/Movimiento de Liberación del
Pueblo Sudanés, y por el desprecio, por ambas partes en el conflicto, de las normas pertinentes del derecho
internacional humanitario,
Expresando su firme convencimiento de que los avances hacia un arreglo pacífico del conflicto en el
Sudán meridional en el marco de la iniciativa de paz de la Autoridad Intergubernamental de Desarrollo
contribuirán en buena medida a crear un ambiente más propicio al respeto de los derechos humanos en el
Sudán,
Condenando el asesinato en abril de 1999 de cuatro trabajadores de socorro sudaneses que se
encontraban detenidos por el Ejército de Liberación del Pueblo Sudanés,
1.
Acoge con beneplácito:
a) El informe provisional del Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la
situación de los derechos humanos en el Sudán7;
b) La visita del Relator Especial al Sudán, en febrero de 1999, por invitación del Gobierno del Sudán
y la plena cooperación que le ha brindado el Gobierno, así como la voluntad expresa del Gobierno de seguir
cooperando con el Relator Especial y la invitación que hiciera al Relator Especial;
c) La visita del Representante Especial del Secretario General para la cuestión de los niños y los
conflictos armados al Sudán en marzo de 1999 y la cooperación brindada por el Gobierno del Sudán a ese
respecto;
d) La cooperación que brindó el Gobierno del Sudán a la misión de evaluación de las necesidades
realizada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos del 14 al
26 de septiembre de 1999;
e) La misión de investigación llevada a cabo por el Relator Especial de la Comisión de Derechos
Humanos sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión en septiembre
de 1999 en respuesta a la invitación del Gobierno del Sudán;
f) La cooperación que prestaron el Gobierno del Sudán y el Ejército/Movimiento de Liberación del
Pueblo Sudanés a la misión de evaluación de las necesidades humanitarias enviada por la Oficina de
Coordinación de Asuntos Humanitarios de la Secretaría, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia
y el Programa Mundial de Alimentos a las montañas Nuba del 21 al 24 de junio de 1999;
7
A/54/467, anexo.
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