A/HRC/RES/15/23 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 8 de octubre de 2010 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 15º período de sesiones Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos* 15/23. Eliminación de la discriminación contra la mujer El Consejo de Derechos Humanos, Guiándose por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Guiándose también por la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, Recordando la Declaración y el Programa de Acción de Viena, aprobados el 25 de junio de 1993 por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos1, la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, aprobadas el 15 de septiembre de 1995 por la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer2, y sus exámenes de 2005 y 2010, la Declaración y el Programa de Acción de Durban, aprobados el 8 de septiembre de 2001 por la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia3 y el documento final de la Conferencia de Examen de Durban, aprobado el 24 de abril de 2009, Acogiendo con beneplácito el establecimiento de la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad entre los Géneros y el Empoderamiento de la Mujer, conocida como ONU-Mujeres, Teniendo presentes los problemas a que siguen haciendo frente los países de todo el mundo para superar la desigualdad entre el hombre y la mujer, * Las resoluciones y decisiones aprobadas por el Consejo de Derechos Humanos se publicarán en el 1 2 3 informe del Consejo sobre su 15º período de sesiones (A/HRC/15/60), cap. I. A/CONF.157/24 (Parte I), cap. III. Véase A/CONF.177/20/Rev.1, cap. I. Véase A/CONF.189/12 y Corr.1, cap. I. GE.10-16794 (S) 131010 181010

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