Matrimonio infantil, precoz y forzado (2017), para. 11
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Reconociendo que el matrimonio infantil, precoz y forzado es una práctica nociva que constituye una violación o un abuso de los derechos humanos, o plantea obstáculos para su disfrute, y está vinculada a otras prácticas perjudiciales y violaciones de derechos humanos y las perpetúa, y que esas violaciones de los derechos humanos tienen un efecto desproporcionadamente negativo en las mujeres y las niñas, y recalcando las obligaciones y los compromisos de los Estados en materia de derechos humanos de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de las mujeres y las niñas y prevenir y eliminar la práctica del matrimonio infantil, precoz y forzado,