Seguimiento de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer y plena aplicación de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing y de los resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General (2009), para. 34
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n) Incorporar la perspectiva de género y los derechos humanos en las políticas, programas y actividades de investigación del sector de la salud, prestar atención a las necesidades y prioridades específicas de la mujer y la niña, garantizando el derecho de la mujer a alcanzar el máximo nivel posible de salud y su acceso a servicios asequibles y adecuados de atención de la salud, incluida la salud sexual, reproductiva y materna, y a servicios vitales de obstetricia, de conformidad con el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo 14F 15 , y reconocer que la falta de independencia y empoderamiento económicos ha hecho que la mujer sea más vulnerable a un cúmulo de consecuencias negativas, incluido el riesgo de contraer el VIH/SIDA, la malaria, la tuberculosis y otras enfermedades relacionadas con la pobreza;