A/HRC/RES/15/23
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
8 de octubre de 2010
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
15º período de sesiones
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos
Humanos*
15/23. Eliminación de la discriminación contra la mujer
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiándose por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Guiándose también por la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer y la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas
las Formas de Discriminación Racial,
Recordando la Declaración y el Programa de Acción de Viena, aprobados el 25 de
junio de 1993 por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos1, la Declaración y
Plataforma de Acción de Beijing, aprobadas el 15 de septiembre de 1995 por la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer2, y sus exámenes de 2005 y 2010, la Declaración y el
Programa de Acción de Durban, aprobados el 8 de septiembre de 2001 por la Conferencia
Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas
de Intolerancia3 y el documento final de la Conferencia de Examen de Durban, aprobado el
24 de abril de 2009,
Acogiendo con beneplácito el establecimiento de la Entidad de las Naciones Unidas
para la Igualdad entre los Géneros y el Empoderamiento de la Mujer, conocida como
ONU-Mujeres,
Teniendo presentes los problemas a que siguen haciendo frente los países de todo el
mundo para superar la desigualdad entre el hombre y la mujer,
* Las resoluciones y decisiones aprobadas por el Consejo de Derechos Humanos se publicarán en el
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informe del Consejo sobre su 15º período de sesiones (A/HRC/15/60), cap. I.
A/CONF.157/24 (Parte I), cap. III.
Véase A/CONF.177/20/Rev.1, cap. I.
Véase A/CONF.189/12 y Corr.1, cap. I.
GE.10-16794 (S)
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