Derechos del niño: el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud (2013), para. 058
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23. Insta a los Estados a que establezcan una clara prohibición de las prácticas nocivas, que deberá acompañarse de medidas preventivas, entre ellas la educación, el intercambio de información, el aumento de la concienciación y la participación de los interesados, incluidos los dirigentes comunitarios y religiosos, para promover el abandono de esas prácticas y el respeto de los derechos de los niños, ayudar a superar las actitudes discriminatorias y las creencias supersticiosas, y apoyar así un proceso de cambio social para abandonar las prácticas nocivas que atentan contra la dignidad e integridad del niño y son perjudiciales para la salud de los niños y las niñas;