Inscripción de los nacimientos y derecho de todo ser humano al reconocimiento en todas partes de su personalidad jurídica (2013), para. 18
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7. Insta a los Estados a que identifiquen y eliminen los obstáculos físicos, administrativos, de procedimiento y de otra índole que dificultan el acceso a la inscripción de los nacimientos, incluida la inscripción tardía, prestando la debida atención, entre otras cosas, a las barreras que imponen la pobreza, la discapacidad, el género, la nacionalidad, el desplazamiento, el analfabetismo y los contextos de detención, y a las personas en situaciones de vulnerabilidad;