Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/55/143
Distr. general
22 de febrero de 2001
Quincuagésimo quinto período de sesiones
Tema 18 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Comisión Política Especial
y de Descolonización (Cuarta Comisión) (A/55/578)]
55/143. Cuestión de Tokelau
La Asamblea General,
Habiendo examinado la cuestión de Tokelau,
Habiendo examinado también el capítulo del informe del Comité Especial
encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración
sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales relativo a la
cuestión de Tokelau 1,
Recordando la declaración solemne sobre el futuro estatuto de Tokelau,
formulada por el Ulu o Tokelau (la máxima autoridad de Tokelau) el 30 de julio de
1994, según la cual se estaba considerando activamente un acto de libre
determinación de Tokelau, junto con la constitución de un Tokelau autónomo, y que
actualmente Tokelau prefería un estatuto de libre asociación con Nueva Zelandia,
Recordando también su resolución 1514 (XV), de 14 de diciembre de 1960, en
la que figura la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y
pueblos coloniales, y todas las resoluciones y decisiones de las Naciones Unidas
relativas a los territorios no autónomos, en particular la resolución 54/89 de la
Asamblea General, de 6 de diciembre de 1999,
Recordando además la importancia que se dio en la declaración solemne a las
condiciones de la relación de libre asociación con Nueva Zelandia que se proponía
establecer Tokelau, incluso la expectativa de que la forma de ayuda que Tokelau
podía seguir esperando de Nueva Zelandia para promover el bienestar de su pueblo,
además de sus intereses externos, se establecería claramente en el marco de esa
relación,
Tomando nota con reconocimiento de que Nueva Zelandia, en su calidad de
Potencia administradora, continúa cooperando de manera ejemplar en la labor del
Comité Especial relativa a Tokelau y está dispuesta a permitir el acceso al Territorio
de las misiones visitadoras de las Naciones Unidas,
1
A/55/23 (Part II), cap. XI. Para el texto definitivo, véase Documentos Oficiales de la Asamblea General,
quincuagésimo quinto período de sesiones, Suplemento No. 23.
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