A/HRC/RES/16/33 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 13 de abril de 2011 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 16º período de sesiones Tema 9 de la agenda Racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, seguimiento y aplicación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos* 16/33. Mandato del Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia El Consejo de Derechos Humanos, Teniendo presente el párrafo 6 de la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo de 2006, Reafirmando las obligaciones contraídas por los Estados en virtud de los instrumentos internacionales de derechos humanos pertinentes, en particular la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, aprobada por la Asamblea General en su resolución 2106 (XX), de 21 de diciembre de 1965, Recordando todas las resoluciones y decisiones anteriores de la Asamblea General, la Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos acerca de la eliminación del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, Recordando también las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1, sobre la construcción institucional del Consejo, y 5/2, sobre el código de conducta para los titulares de mandatos de los procedimientos especiales del Consejo, de 18 de junio de 2007, y subrayando que los titulares de mandatos deberán cumplir sus funciones de conformidad con esas resoluciones y sus anexos, 1. Decide prorrogar el mandato del Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia por un nuevo período de tres años, de conformidad con el mandato que figura en la resolución 7/34 del Consejo de Derechos Humanos, de 28 de marzo de 2008; * Las resoluciones y decisiones aprobadas por el Consejo de Derechos Humanos se publicarán en el informe del Consejo sobre su 16º período de sesiones (A/HRC/16/2), cap. I. GE.11-12807 (S) 200411 210411

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