A/RES/71/160 El deporte como medio de promover la educación, la salud, el desarrollo y la paz en eventos deportivos, lo que brinda oportunidades de desarrollo económico a través del deporte, Recordando también la declaración política 7 y el documento final 8 aprobados en el examen quinquenal de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing 9 y los compromisos asumidos en ellos de velar por la igualdad de oportunidades para las mujeres y las niñas en las actividades recreativas y deportivas, así como en la participación en actividades atléticas y físicas en los planos nacional, regional e internacional, como acceso, entrenamiento, competencia, remuneración y premios, Poniendo de relieve la función clave de las alianzas público-privadas productivas para financiar programas deportivos para el desarrollo y la paz, el desarrollo institucional y las infraestructuras físicas y sociales, Reconociendo que los grandes eventos deportivos internacionales deben organizarse en un espíritu de paz, entendimiento, amistad, tolerancia e inadmisibilidad de discriminación de cualquier tipo y que la naturaleza unificadora y conciliadora de dichos eventos se debe respetar, 1. Reafirma que el deporte es un importante facilitador del desarrollo sostenible y reconoce que contribuye cada vez más a hacer realidad el desarrollo y la paz promoviendo la tolerancia y el respeto, y que respalda también el empoderamiento de las mujeres y los jóvenes, las personas y las comunidades, así como los objetivos en materia de salud, educación e inclusión social; 2. Alienta a los Estados Miembros a que utilicen efectivamente todas las oportunidades que ofrecen el deporte y sus valores en la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 1 y con el fin de lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible; 3. Toma nota con aprecio del informe del Secretario General titulado “El deporte para el desarrollo y la paz: hacia un deporte que posibilite el desarrollo sostenible y la paz” 10, en el que se pasó revista a los programas e iniciativas llevados a cabo por los Estados Miembros, los fondos y los programas de las Naciones Unidas, los organismos especializados y otros asociados, utilizando el deporte como instrumento para el desarrollo y la paz; 4. Invita a los Estados Miembros, las entidades del sistema de las Naciones Unidas, incluidas sus misiones de mantenimiento de la paz, misiones políticas especiales y misiones integradas de consolidación de la paz, las organizaciones relacionadas con el deporte, las federaciones y asociaciones, los atletas, los medios de comunicación, la sociedad civil, la comunidad académica y el sector privado a que colaboren con la Oficina de las Naciones Unidas sobre el Deporte para el Desarrollo y la Paz a fin de propiciar una mayor conciencia y acción para fomentar el desarrollo y la paz y contribuir a la implementación de la Agenda 2030 mediante iniciativas basadas en el deporte, y a que impulsen la integración del deporte como medio de promover el desarrollo y la paz en la agenda de desarrollo trabajando conforme a los principios siguientes basados en el Plan de Acción de las Naciones Unidas sobre el Deporte para el Desarrollo y la Paz, que figura en el informe del Secretario General 11: _______________ 7 Resolución S-23/2, anexo. Resolución S-23/3, anexo. 9 Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexos I y II. 10 A/71/179. 11 Ibid., sect. VII. 8 4/8

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