A/RES/71/160
El deporte como medio de promover la educación, la salud, el desarrollo y la paz
en eventos deportivos, lo que brinda oportunidades de desarrollo económico a través
del deporte,
Recordando también la declaración política 7 y el documento final 8 aprobados en
el examen quinquenal de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing 9 y los
compromisos asumidos en ellos de velar por la igualdad de oportunidades para las
mujeres y las niñas en las actividades recreativas y deportivas, así como en la
participación en actividades atléticas y físicas en los planos nacional, regional e
internacional, como acceso, entrenamiento, competencia, remuneración y premios,
Poniendo de relieve la función clave de las alianzas público-privadas
productivas para financiar programas deportivos para el desarrollo y la paz, el
desarrollo institucional y las infraestructuras físicas y sociales,
Reconociendo que los grandes eventos deportivos internacionales deben
organizarse en un espíritu de paz, entendimiento, amistad, tolerancia e
inadmisibilidad de discriminación de cualquier tipo y que la naturaleza unificadora y
conciliadora de dichos eventos se debe respetar,
1.
Reafirma que el deporte es un importante facilitador del desarrollo
sostenible y reconoce que contribuye cada vez más a hacer realidad el desarrollo y la
paz promoviendo la tolerancia y el respeto, y que respalda también el
empoderamiento de las mujeres y los jóvenes, las personas y las comunidades, así
como los objetivos en materia de salud, educación e inclusión social;
2.
Alienta a los Estados Miembros a que utilicen efectivamente todas las
oportunidades que ofrecen el deporte y sus valores en la implementación de la
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 1 y con el fin de lograr los Objetivos de
Desarrollo Sostenible;
3.
Toma nota con aprecio del informe del Secretario General titulado “El
deporte para el desarrollo y la paz: hacia un deporte que posibilite el desarrollo
sostenible y la paz” 10, en el que se pasó revista a los programas e iniciativas llevados
a cabo por los Estados Miembros, los fondos y los programas de las Naciones Unidas,
los organismos especializados y otros asociados, utilizando el deporte como
instrumento para el desarrollo y la paz;
4.
Invita a los Estados Miembros, las entidades del sistema de las Naciones
Unidas, incluidas sus misiones de mantenimiento de la paz, misiones políticas
especiales y misiones integradas de consolidación de la paz, las organizaciones
relacionadas con el deporte, las federaciones y asociaciones, los atletas, los medios de
comunicación, la sociedad civil, la comunidad académica y el sector privado a que
colaboren con la Oficina de las Naciones Unidas sobre el Deporte para el Desarrollo y
la Paz a fin de propiciar una mayor conciencia y acción para fomentar el desarrollo y
la paz y contribuir a la implementación de la Agenda 2030 mediante iniciativas
basadas en el deporte, y a que impulsen la integración del deporte como medio de
promover el desarrollo y la paz en la agenda de desarrollo trabajando conforme a los
principios siguientes basados en el Plan de Acción de las Naciones Unidas sobre el
Deporte para el Desarrollo y la Paz, que figura en el informe del Secretario General 11:
_______________
7
Resolución S-23/2, anexo.
Resolución S-23/3, anexo.
9
Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995
(publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexos I y II.
10
A/71/179.
11
Ibid., sect. VII.
8
4/8