A/RES/73/273
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
3 de enero de 2019
Septuagésimo tercer período de sesiones
Tema 143 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 22 de diciembre de 2018
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/73/676)]
73/273.
Régimen común de las Naciones Unidas
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 44/198, de 21 de diciembre de 1989, 51/216, de
18 de diciembre de 1996, 52/216, de 22 de diciembre de 1997, 53/209, de 18 de
diciembre de 1998, 55/223, de 23 de diciembre de 2000, 56/244, de 24 de diciembre
de 2001, 57/285, de 20 de diciembre de 2002, 58/251, de 23 de diciembre de 2003,
59/268, de 23 de diciembre de 2004, 60/248, de 23 de diciembre de 2005, 61/239, de
22 de diciembre de 2006, 62/227, de 22 de diciembre de 2007, 63/251, de 24 de
diciembre de 2008, 64/231, de 22 de diciembre de 2009, 65/248, de 24 de diciembre
de 2010, 66/235 A, de 24 de diciembre de 2011, 66/235 B, de 21 de junio de 2012,
67/257, de 12 de abril de 2013, 68/253, de 27 de diciembre de 2013, 69/251, de 29 de
diciembre de 2014, 70/244, de 23 de diciembre de 2015, 71/264, de 23 de diciembre
de 2016, y 72/255, de 24 de diciembre de 2017, así como su decisión 67/551, de 24 de
diciembre de 2012,
Habiendo examinado el informe de la Comisión de Administración Pública
Internacional correspondiente a 2018 1,
Reafirmando su adhesión al concepto de un solo régimen común unificado de
las Naciones Unidas como piedra angular de la reglamentación y coordinación de las
condiciones de servicio del régimen común de las Naciones Unidas,
1.
Toma nota con aprecio de la labor de la Comisión de Administración
Pública Internacional;
2.
Toma nota del informe de la Comisión correspondiente a 2018 1;
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18-22658 (S)
Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo tercer período de sesiones,
Suplemento núm. 30 (A/73/30).
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