A/RES/80/210 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 22 de diciembre de 2025 Octogésimo período de sesiones Tema 71 b) del programa Promoción y protección de los derechos humanos: cuestiones de derechos humanos, incluidos otros medios de mejorar el goce efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2025 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/80/545, párr. 5)] 80/210. El derecho a la alimentación La Asamblea General, Reafirmando la Carta de las Naciones Unidas y su importancia para la promoción y protección de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales para todas las personas, Reafirmando también las resoluciones y decisiones anteriores sobre el derecho a la alimentación aprobadas en el marco de las Naciones Unidas, Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, que dispone que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud y el bienestar, en especial la alimentación, así como la Declaración Universal sobre la Erradicación del Hambre y la Malnutrición 2, la Declaración del Milenio 3, en particular el primer Objetivo de Desarrollo del Milenio, relativo a la erradicación de la pobreza extrema y el hambre para 2015, y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 4, en particular los Objetivos de Desarrollo Sostenible consistentes en poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible y en eliminar la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo, _______________ 1 Resolución 217 A (III). Informe de la Conferencia Mundial sobre la Alimentación, Roma, 5 a 16 de noviembre de 1974 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta S.75.II.A.3), cap. I. 3 Resolución 55/2. 4 Resolución 70/1. 2 25-20966 (S) *2520966*

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