Fortalecimiento de la función de mediación en el arreglo pacífico de controversias, la prevención de conflictos y su solución A/RES/68/303 conflictos y su solución, entre otras cosas mediante actividades de capacitación e intercambios de personal; 13. Alienta a las Naciones Unidas y a las organizaciones regionales y subregionales a que celebren periódicamente diálogos sobre la mediación basándose en prioridades mutuamente acordadas, intercambien opiniones, información y experiencias adquiridas y mejoren la cooperación, la coordinación, la coherencia y la complementariedad en contextos de mediación específicos, de conformidad con los mandatos acordados y según corresponda; 14. Destaca la importancia de las asociaciones y la cooperación de las organizaciones internacionales, regionales y subregionales con las Naciones Unidas, entre ellas y con la sociedad civil, y de elaborar mecanismos para mejorar el intercambio de información, la cooperación y la coordinación a fin de asegurar la coherencia y complementariedad de la labor de los agentes que participan en contextos de mediación específicos; 15. Pone de relieve la importancia de facilitar la interacción de los mediadores entre las partes interesadas y otras partes, según corresponda, así como de los procesos nacionales inclusivos en la aplicación de los resultados acordados de los procesos de mediación; 16. Acoge con beneplácito las medidas de las organizaciones regionales y subregionales que han desarrollado sus capacidades, estructuras y marcos normativos de mediación y de prevención y resolución de conflictos, y alienta a otras organizaciones interesadas, de acuerdo con el mandato establecido por sus Estados miembros, a realizar esfuerzos similares, según corresponda; 17. Alienta a las organizaciones regionales y subregionales a que nombren, según corresponda, coordinadores en materia de mediación y a que comuniquen periódicamente su información de contacto al Secretario General, y solicita al Secretario General que mantenga y comparta esta información con los Estados Miembros y las organizaciones regionales y subregionales, según corresponda; 18. Solicita al Secretario General que, en su septuagésimo período de sesiones, le presente un informe sobre la cooperación entre las Naciones Unidas y las organizaciones regionales y subregionales en materia de mediación, así como sobre posibles modos de mejorar esa cooperación, y que celebre reuniones informativas periódicas a fin de promover consultas más estrechas con los Estados Miembros, así como con las organizaciones regionales y subregionales, y de aumentar la transparencia; 19. Invita al Secretario General a que siga informando a los Estados Miembros sobre las actividades de las Naciones Unidas en materia de mediación; 20. Alienta a las organizaciones regionales y subregionales a que sigan mejorando sus intercambios temáticos oficiosos con los Estados Miembros sobre cuestiones relacionadas con la mediación, según corresponda y de conformidad con la Carta; 21. Decide seguir examinando la cuestión titulada “Fortalecimiento de la función de mediación en el arreglo pacífico de controversias, la prevención de conflictos y su solución” en su septuagésimo período de sesiones. 105ª sesión plenaria 31 de julio de 2014 5/5

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