A/RES/74/245
Día Internacional de los Bancos
Recordando el informe del Equipo de Tareas Interinstitucional sobre la
Financiación para el Desarrollo, titulado Financing for Sustainable Development
Report 2019 1,
Poniendo de relieve la importancia de la inclusión en el sistema financiero
internacional a todos los niveles y la importancia de considerar la inclusión financiera
como objetivo normativo en la regulación financiera, de conformidad con la
legislación y las prioridades nacionales,
Reconociendo el importante potencial de los bancos multilaterales de desarrollo
y otros bancos internacionales de desarrollo a la hora de financiar el desarrollo
sostenible y proporcionar conocimientos especializados,
Reconociendo también la contribución fundamental que aportan, a nivel
nacional, los sistemas bancarios de los Estados Miembros a la mejora del nivel de
vida,
Reafirmando sus resoluciones 53/199, de 15 de diciembre de 1998, y 61/185, de
20 de diciembre de 2006, relativas a la proclamación de años internacionales, y la
resolución 1980/67 del Consejo Económico y Social, de 25 de julio de 1980, relativa
a los años y aniversarios internacionales,
1.
Decide designar el 4 de diciembre Día Internacional de los Bancos, que se
celebrará todos los años;
2.
Invita a todos los Estados Miembros, a las organizaciones del sistema de
las Naciones Unidas y a las organizaciones no gubernamentales a celebrar el Día
Internacional de los Bancos, de forma acorde con las prioridades nacionales, a fin de
poner de relieve la contribución de los bancos para el logro del desarro llo sostenible;
3.
Invita al Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaría,
al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, a la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo y a otras entidades competentes de las
Naciones Unidas a que faciliten la celebración del Día Internacional de los Bancos,
en colaboración con otras organizaciones competentes, teniendo presentes las
disposiciones que figuran en el anexo de la resolución 1980/67 del Consejo
Económico y Social;
4.
Destaca que el costo de todas las actividades que puedan derivarse de la
aplicación de la presente resolución deberá sufragarse mediante contribuciones
voluntarias;
5.
Solicita al Secretario General que señale la presente resolución a la
atención de todos los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las
Naciones Unidas y otros interesados pertinentes para que el Día se celebre
debidamente.
52 a sesión plenaria
19 de diciembre de 2019
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Publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: E.19.I.7.
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