A/RES/59/211
acoge una operación de las Naciones Unidas realizada en virtud de la Carta de las
Naciones Unidas o de sus acuerdos con organizaciones competentes,
Instando a todas las partes que intervienen en conflictos armados a que, de
conformidad con el derecho internacional humanitario y, en particular, con las
obligaciones contraídas con arreglo a los Convenios de Ginebra de 12 de agosto
de 1949 2 y las obligaciones que les imponen sus Protocolos adicionales, de 8 de
junio de 1977 3, garanticen la seguridad y protección de todo el personal de
asistencia humanitaria y del personal de las Naciones Unidas y su personal
asociado,
Acogiendo con satisfacción que el número de Estados partes en la Convención
sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y el Personal Asociado 4, que
entró en vigor el 15 de enero de 1999, haya seguido aumentando hasta sumar setenta
y siete, y consciente de la necesidad de promover la universalidad de la Convención,
Profundamente preocupada por los peligros y los riesgos a que se enfrentan
sobre el terreno el personal de asistencia humanitaria, el personal de las Naciones
Unidas y su personal asociado, que realizan su cometido en contextos cada vez más
complejos, y por la continua disminución, en muchos casos, del respeto de los
principios y las normas del derecho internacional, en particular del derecho
internacional humanitario,
Expresando profundo pesar por todas las muertes del personal humanitario
internacional y nacional y del personal de las Naciones Unidas y su personal
asociado que participa en la prestación de asistencia humanitaria, y deplorando
profundamente el número cada vez mayor de víctimas que se produce entre este
personal en situaciones complejas de emergencia humanitaria, en particular en los
conflictos armados y en las situaciones posteriores a los conflictos,
Condenando enérgicamente los actos de asesinato y otras formas de violencia,
violación y agresión sexual y todas las formas de violencia dirigidas
específicamente contra las mujeres, así como los casos de intimidación, atraco a
mano armada, secuestro, toma de rehenes, rapto, hostigamiento y arresto y
detención ilegales a que se ven expuestos cada vez con mayor frecuencia quienes
participan en operaciones humanitarias, al igual que los ataques de convoyes
humanitarios y los actos de destrucción y saqueo de sus bienes,
Encomiando el valor y la entrega de las personas que participan en operaciones
humanitarias, a menudo con un grave riesgo personal, y especialmente del personal
de contratación local,
Expresando preocupación por el hecho de que los ataques y amenazas contra
el personal de asistencia humanitaria, el personal de las Naciones Unidas y su
personal asociado son un factor que limita cada vez más la capacidad de la
Organización para prestar asistencia y protección a los civiles en cumplimiento del
mandato que le encomienda la Carta,
_______________
2
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 75, Nos. 970 a 973.
Ibíd., vol. 1125, Nos. 17512 y 17513.
4
Ibíd., vol. 2051, No. 35457.
3
2
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