A/RES/58/132
7.
Insta a los organismos y organizaciones competentes del sistema de las
Naciones Unidas, incluidos los órganos creados en virtud de los tratados de
derechos humanos que corresponda y las comisiones regionales, así como a las
organizaciones e instituciones intergubernamentales y no gubernamentales, a que
incorporen la perspectiva de la discapacidad en sus actividades, cuando proceda, y a
que sigan cooperando estrechamente con la División de Política Social y Desarrollo
de la Secretaría en la promoción del pleno goce de todos los derechos humanos y las
libertades fundamentales por las personas con discapacidad, incluso mediante
actividades sobre el terreno, a través del intercambio de experiencias, conclusiones
y recomendaciones sobre las personas con discapacidad;
Subraya la importancia de mejorar los datos y las estadísticas sobre las
8.
personas con discapacidad, de conformidad con la legislación nacional sobre
protección de datos personales, de forma que puedan compararse a nivel
internacional y nacional a los efectos de la formulación, planificación y evaluación
de políticas desde la perspectiva de la discapacidad, y, en ese sentido, insta a los
gobiernos a que cooperen con la División de Estadística de la Secretaría para seguir
preparando estadísticas e indicadores mundiales sobre discapacidad, y los alienta a
que recurran a la asistencia técnica de la División para reforzar su capacidad en
materia de compilación de datos;
Insta a los gobiernos, las organizaciones intergubernamentales y las
9.
organizaciones no gubernamentales a que proporcionen protección especial a las
personas con discapacidad mental o física que puedan ser objeto de discriminación
en formas múltiples o agravadas, sobre todo a fin de integrarlas en la sociedad y
proteger y promover su pleno goce de los derechos humanos;
10. Insta a los gobiernos a que tengan en cuenta la situación de las personas
con discapacidad en todas las medidas que adopten para aplicar los tratados de
derechos humanos en que sean partes;
11. Invita a los Estados a que sigan participando activamente en las
negociaciones que tengan lugar en el seno del Comité Especial encargado de
preparar una convención internacional amplia e integral para proteger y promover
los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad;
12. Alienta a los gobiernos, a las organizaciones intergubernamentales, a las
organizaciones no gubernamentales interesadas y al sector privado a que sigan
prestando apoyo al Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para
Problemas de Discapacidad con miras a darle mayor capacidad para financiar
actividades catalizadoras e innovadoras destinadas a la plena aplicación del Programa
de Acción Mundial y las Normas Uniformes, incluida la labor del Relator Especial, y
a que presten apoyo a las actividades de formación de capacidad nacional, teniendo
especialmente en cuenta las prioridades de acción señaladas en la presente resolución;
13. Pide al Secretario General que continúe proporcionando apoyo a las
iniciativas de los órganos y organizaciones competentes del sistema de las Naciones
Unidas, así como de las organizaciones e instituciones regionales,
intergubernamentales y no gubernamentales, para la promoción del pleno goce de
todos los derechos humanos por las personas con discapacidad, la no discriminación
de estas personas y la ulterior aplicación del Programa de Acción Mundial, así como
a su labor para integrar a las personas con discapacidad en actividades de
cooperación técnica, tanto en calidad de beneficiarios como en la adopción de las
decisiones;
4
Sélectionner le paragraphe cible3
Se connecter à un paragraphe
Connect to an entity
Disable highlights
Ajouter à la table des matières