A/RES/51/243 Página 3 11. Pide además al Secretario General que revise el proyecto de directrices que figura en sus informes sobre el personal proporcionado gratuitamente de conformidad con lo dispuesto en la presente resolución y teniendo en cuenta los principios que se enuncian a continuación, y que se lo presente para su aprobación, por conducto de la Comisión Consultiva, en la parte principal de su quincuagésimo segundo período ordinario de sesiones: a) El personal proporcionado gratuitamente deberá estar sujeto a los criterios enunciados en el Artículo 100 y en los párrafos 1 y 3 del Artículo 101 de la Carta de las Naciones Unidas; b) En el cumplimiento de sus funciones, el personal proporcionado gratuitamente deberá tener las mismas obligaciones y la misma responsabilidad que deben asumir los funcionarios de la Organización; c) El personal proporcionado gratuitamente deberá desempeñar sus funciones de conformidad con todos los reglamentos, reglas y procedimientos pertinentes de la Organización; El proceso de selección del personal proporcionado gratuitamente d) deberá ser transparente y tener la base geográfica más amplia posible y, en caso de que se necesite personal proporcionado gratuitamente de conformidad con lo dispuesto en la presente resolución, deberá informarse de ello a todos los Estados Miembros; 12. utilización entre otras servicios y Pide al Secretario General que presente informes anuales sobre la del personal proporcionado gratuitamente en los que se indiquen, cosas, la nacionalidad de esos funcionarios, la duración de sus las funciones desempeñadas; 13. Pide también al Secretario General que, en el contexto del examen por la Asamblea General de la cuestión del personal proporcionado gratuitamente por gobiernos y otras entidades, le informe sobre los efectos de la aplicación del inciso b) del párrafo 4 y del párrafo 9 supra y le presente propuestas al respecto en la parte principal de su quincuagésimo segundo período ordinario de sesiones, por conducto de la Comisión Consultiva, para adoptar las decisiones del caso; 14. Decide examinar la cuestión en la parte principal de su quincuagésimo segundo período ordinario de sesiones. 107a. sesión plenaria 15 de septiembre de 1997

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