A/RES/61/34
14. Pide a la Comisión de Derecho Internacional que siga prestando especial
atención a la necesidad de indicar en su informe anual, y en relación con cada tema,
las cuestiones concretas respecto de las cuales la opinión de los gobiernos, ya sea
expresada en la Sexta Comisión o por escrito, podría revestir especial interés para
orientar de manera efectiva su labor futura;
15. Toma nota de los párrafos 271 a 274 del informe de la Comisión de
Derecho Internacional en lo que se refiere a la cooperación con otros órganos y
alienta a la Comisión a que siga aplicando el apartado e) del artículo 16 y los
párrafos 1 y 2 del artículo 26 de su Estatuto a fin de seguir promoviendo la
cooperación entre la Comisión y otros órganos que se ocupan del derecho
internacional, habida cuenta de la utilidad de dicha cooperación;
16. Observa que la Comisión de Derecho Internacional, de conformidad con
lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 25 de su Estatuto, tiene previsto celebrar
durante su 59° período de sesiones una reunión con expertos de las Naciones Unidas
en la esfera de los derechos humanos, incluidos representantes de órganos creados
en virtud de tratados de derechos humanos, a fin de mantener un debate sobre
cuestiones relativas a los tratados de derechos humanos;
17. Observa también que la celebración de consultas con organizaciones
nacionales y con expertos que se ocupen de cuestiones de derecho internacional
puede ayudar a los gobiernos a decidir si han de formular comentarios y
observaciones sobre los proyectos presentados por la Comisión de Derecho
Internacional y a hacerlo;
18. Reafirma sus decisiones anteriores respecto de la función indispensable
que cabe a la División de Codificación de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la
Secretaría en la prestación de asistencia a la Comisión de Derecho Internacional;
19. Aprueba las conclusiones alcanzadas por la Comisión de Derecho
Internacional en los párrafos 262 a 267 de su informe y reafirma sus decisiones
anteriores con respecto a la documentación y las actas resumidas de la Comisión 7;
20. Observa con satisfacción la expansión del sitio web de la Comisión de
Derecho Internacional 8 con el fin de incluir toda su documentación y celebra los
constantes esfuerzos de la División de Codificación por mantener y mejorar el sitio
web;
21. Expresa la esperanza de que el Seminario de Derecho Internacional se
siga celebrando de manera simultánea con los períodos de sesiones de la Comisión
de Derecho Internacional y de que se dé a un número cada vez mayor de
participantes, en particular de países en desarrollo, la oportunidad de asistir a él, y
exhorta a los Estados a que sigan aportando al Fondo Fiduciario de las Naciones
Unidas para el Seminario de Derecho Internacional las contribuciones voluntarias
que se necesitan con urgencia;
22. Pide al Secretario General que preste al Seminario de Derecho
Internacional servicios suficientes, incluida interpretación, cuando se requiera, y lo
alienta a que siga considerando formas de mejorar la estructura y el contenido del
Seminario;
_______________
7
Véanse las resoluciones 32/151, párr. 10, y 37/111, párr. 5, así como todas las resoluciones ulteriores
sobre los informes anuales que presenta la Comisión de Derecho Internacional a la Asamblea General.
8
www.un.org/law/ilc.
4
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