A/RES/61/34 14. Pide a la Comisión de Derecho Internacional que siga prestando especial atención a la necesidad de indicar en su informe anual, y en relación con cada tema, las cuestiones concretas respecto de las cuales la opinión de los gobiernos, ya sea expresada en la Sexta Comisión o por escrito, podría revestir especial interés para orientar de manera efectiva su labor futura; 15. Toma nota de los párrafos 271 a 274 del informe de la Comisión de Derecho Internacional en lo que se refiere a la cooperación con otros órganos y alienta a la Comisión a que siga aplicando el apartado e) del artículo 16 y los párrafos 1 y 2 del artículo 26 de su Estatuto a fin de seguir promoviendo la cooperación entre la Comisión y otros órganos que se ocupan del derecho internacional, habida cuenta de la utilidad de dicha cooperación; 16. Observa que la Comisión de Derecho Internacional, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 25 de su Estatuto, tiene previsto celebrar durante su 59° período de sesiones una reunión con expertos de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos, incluidos representantes de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, a fin de mantener un debate sobre cuestiones relativas a los tratados de derechos humanos; 17. Observa también que la celebración de consultas con organizaciones nacionales y con expertos que se ocupen de cuestiones de derecho internacional puede ayudar a los gobiernos a decidir si han de formular comentarios y observaciones sobre los proyectos presentados por la Comisión de Derecho Internacional y a hacerlo; 18. Reafirma sus decisiones anteriores respecto de la función indispensable que cabe a la División de Codificación de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría en la prestación de asistencia a la Comisión de Derecho Internacional; 19. Aprueba las conclusiones alcanzadas por la Comisión de Derecho Internacional en los párrafos 262 a 267 de su informe y reafirma sus decisiones anteriores con respecto a la documentación y las actas resumidas de la Comisión 7; 20. Observa con satisfacción la expansión del sitio web de la Comisión de Derecho Internacional 8 con el fin de incluir toda su documentación y celebra los constantes esfuerzos de la División de Codificación por mantener y mejorar el sitio web; 21. Expresa la esperanza de que el Seminario de Derecho Internacional se siga celebrando de manera simultánea con los períodos de sesiones de la Comisión de Derecho Internacional y de que se dé a un número cada vez mayor de participantes, en particular de países en desarrollo, la oportunidad de asistir a él, y exhorta a los Estados a que sigan aportando al Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas para el Seminario de Derecho Internacional las contribuciones voluntarias que se necesitan con urgencia; 22. Pide al Secretario General que preste al Seminario de Derecho Internacional servicios suficientes, incluida interpretación, cuando se requiera, y lo alienta a que siga considerando formas de mejorar la estructura y el contenido del Seminario; _______________ 7 Véanse las resoluciones 32/151, párr. 10, y 37/111, párr. 5, así como todas las resoluciones ulteriores sobre los informes anuales que presenta la Comisión de Derecho Internacional a la Asamblea General. 8 www.un.org/law/ilc. 4

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