A/RES/58/202
del monto actual de los recursos del Fondo y la intención del Directorio Ejecutivo,
durante el período de la 13ª revisión general de cuotas, de fiscalizar de modo
estricto y evaluar la suficiencia de los recursos del Fondo, de considerar medidas
para lograr una distribución de las cuotas que esté en consonancia con la evolución
de la economía mundial y de considerar medidas para reforzar la gestión del Fondo;
12. Subraya que es esencial asegurar la participación efectiva y equitativa de
los países en desarrollo en la formulación de normas y códigos financieros, y
destaca la necesidad de asegurar su aplicación, de manera voluntaria y progresiva,
para reducir la vulnerabilidad a las crisis financieras y al contagio;
13. Invita a los bancos de desarrollo multilaterales y regionales y a los
fondos de desarrollo a que sigan desempeñando el papel decisivo de atender las
necesidades de desarrollo de los países en desarrollo y los países de economía en
transición, en particular mediante una acción coordinada, cuando corresponda, y
destaca que los bancos de desarrollo regionales y las instituciones financieras
subregionales fortalecidos aportan un apoyo financiero flexible a las iniciativas de
desarrollo nacionales y regionales, promoviendo su control y su eficiencia general, y
son fuente indispensable de conocimientos teóricos y prácticos para los miembros
que son países en desarrollo;
14. Exhorta a las instituciones financieras multilaterales a que, al prestar
asesoramiento normativo y apoyo financiero a los países miembros, lleven a cabo su
labor basándose en estrategias de reforma y desarrollo controladas por los propios
países, tengan debidamente en cuenta las necesidades especiales de los países en
desarrollo y los países de economía en transición, así como su capacidad de
ejecución, y procuren reducir al mínimo las repercusiones negativas de los
programas de ajuste en los sectores vulnerables de la sociedad, teniendo presente la
importancia de incorporar las necesidades de la mujer en las políticas y estrategias
de empleo y la erradicación de la pobreza;
15. Reitera la importancia de dar una solución ordenada a la crisis de la deuda
soberana, observa la creciente utilización voluntaria de las cláusulas de acción
colectiva en los bonos soberanos internacionales, y toma nota de las iniciativas de
los deudores soberanos y los acreedores privados dirigidas a formular un código de
conducta para la solución de las crisis de la deuda soberana;
16. Alienta los esfuerzos, incluidos los de las instituciones de Bretton Woods,
encaminados a mejorar la evaluación de la sostenibilidad de la deuda de los países
de ingresos bajos y medios, entre otras cosas, elaborando instrumentos más eficaces
para hacer frente a las perturbaciones de origen externo y teniendo en cuenta los
factores que afectan a cada país;
17. Alienta también la consideración de propuestas para generar mecanismos
innovadores públicos y privados de financiación para el desarrollo, sin imponer una
carga excesiva a los países en desarrollo, y el estudio, en el foro apropiado, de los
resultados del análisis solicitado al Secretario General sobre posibles fuentes
innovadoras de financiación, tomando nota de la propuesta de utilizar las
asignaciones de derechos especiales de giro para el desarrollo, teniendo presente que
en cualquier evaluación de las asignaciones de derechos especiales de giro que se
lleve a cabo se han de respetar el Convenio Constitutivo del Fondo Monetario
Internacional y las normas y procedimientos establecidos del Fondo, que exigen que
se tenga en cuenta la necesidad mundial de liquidez a nivel internacional;
18. Pide al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo noveno
período de sesiones, un informe sobre la aplicación de la presente resolución;
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