A/RES/57/301 organización de sus trabajos, incluidos los de sus Comisiones Principales, y serán útiles para los Estados Miembros, a los efectos de la planificación, 1. Decide enmendar el artículo 1 de su reglamento para que diga lo siguiente: “La Asamblea General se reunirá anualmente, en período ordinario de sesiones, a partir del martes de la tercera semana de septiembre, contando desde la primera semana en que haya al menos un día hábil”; 2. Decide también que su debate general comience el martes siguiente a la inauguración de su período ordinario de sesiones y se celebre sin interrupción durante un período de nueve días hábiles; 3. Decide además que las disposiciones de los párrafos 1 y 2 supra entren en vigor a partir del quincuagésimo octavo período ordinario de sesiones; por lo tanto, éste será inaugurado el martes 16 de septiembre de 2003, y el debate general comenzará el martes 23 de septiembre de 2003 y será cerrado el viernes 3 de octubre de 2003; por consiguiente, el quincuagésimo séptimo período ordinario de sesiones se clausurará el lunes 15 de septiembre de 2003; 4. Decide que el párrafo 2 supra pase a ser un anexo de su reglamento. 81ª sesión plenaria 13 de marzo de 2003 2

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