A/RES/51/36
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7.
Pide al Secretario General que señale la presente resolución a la
atención de todos los miembros de la comunidad internacional, las
organizaciones intergubernamentales competentes, las organizaciones y órganos
del sistema de las Naciones Unidas, las organizaciones regionales y
subregionales de ordenación de la pesca y las organizaciones no
gubernamentales competentes, y les invita a que proporcionen al Secretario
General la información pertinente acerca de la aplicación de la presente
resolución;
8.
Pide también al Secretario General que vele por que se coordine de
manera eficaz la presentación de informes sobre los principales instrumentos y
actividades relacionados con la pesca, por que se reduzca al mínimo la
duplicación de actividades e informes y por que se distribuyan entre la
comunidad internacional los estudios científicos y técnicos pertinentes, e
invita a los organismos especializados competentes, incluida la Organización
de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, así como a las
organizaciones y los acuerdos regionales y subregionales de pesca, a que
colaboren con el Secretario General con ese fin;
9.
Pide además al Secretario General que presente a la Asamblea
General en su quincuagésimo segundo período de sesiones y, posteriormente,
cada dos años, un informe sobre la evolución de la situación en lo relativo a
la aplicación de las resoluciones 46/215, 49/116 y 49/118, teniendo en cuenta
la información que proporcionen los Estados, los organismos especializados
competentes, en particular la Organización de las Naciones Unidas para la
Agricultura y la Alimentación, y otros órganos, organizaciones y programas del
sistema de las Naciones Unidas apropiados, organizaciones y acuerdos
regionales y subregionales y otras organizaciones intergubernamentales y no
gubernamentales competentes;
10.
Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo
segundo período de sesiones, en relación con un tema titulado "Los océanos y
el derecho del mar", un subtema titulado "Pesca de altura en gran escala con
redes de enmalle y deriva; pesca no autorizada en zonas sujetas a jurisdicción
nacional; y capturas incidentales y descartes en la pesca".
77a. sesión plenaria
9 de diciembre de 1996