A/RES/51/36 Página 4 7. Pide al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de todos los miembros de la comunidad internacional, las organizaciones intergubernamentales competentes, las organizaciones y órganos del sistema de las Naciones Unidas, las organizaciones regionales y subregionales de ordenación de la pesca y las organizaciones no gubernamentales competentes, y les invita a que proporcionen al Secretario General la información pertinente acerca de la aplicación de la presente resolución; 8. Pide también al Secretario General que vele por que se coordine de manera eficaz la presentación de informes sobre los principales instrumentos y actividades relacionados con la pesca, por que se reduzca al mínimo la duplicación de actividades e informes y por que se distribuyan entre la comunidad internacional los estudios científicos y técnicos pertinentes, e invita a los organismos especializados competentes, incluida la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, así como a las organizaciones y los acuerdos regionales y subregionales de pesca, a que colaboren con el Secretario General con ese fin; 9. Pide además al Secretario General que presente a la Asamblea General en su quincuagésimo segundo período de sesiones y, posteriormente, cada dos años, un informe sobre la evolución de la situación en lo relativo a la aplicación de las resoluciones 46/215, 49/116 y 49/118, teniendo en cuenta la información que proporcionen los Estados, los organismos especializados competentes, en particular la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, y otros órganos, organizaciones y programas del sistema de las Naciones Unidas apropiados, organizaciones y acuerdos regionales y subregionales y otras organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales competentes; 10. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo segundo período de sesiones, en relación con un tema titulado "Los océanos y el derecho del mar", un subtema titulado "Pesca de altura en gran escala con redes de enmalle y deriva; pesca no autorizada en zonas sujetas a jurisdicción nacional; y capturas incidentales y descartes en la pesca". 77a. sesión plenaria 9 de diciembre de 1996

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