A/RES/59/263 c) Restablezca la democracia y respete los resultados de las elecciones de 1990 mediante, entre otras cosas, la liberación inmediata e incondicional de los dirigentes de la Liga Democrática Nacional, incluidos Daw Aung San Suu Kyi y los miembros de la Liga detenidos el 30 de mayo de 2003 o después de esa fecha y otros presos de conciencia, cese su constante acoso de la Liga y otros partidos políticos y permita la reapertura de las oficinas de la Liga en todo el país; d) Ponga en libertad inmediata e incondicionalmente a todos los detenidos o presos políticos; e) Inicie una investigación completa e independiente, con cooperación internacional, del incidente ocurrido el 30 de mayo de 2003 en Depayin, como pidió la Asamblea General en su quincuagésimo octavo período de sesiones; f) Coopere plenamente con el Enviado Especial y el Relator Especial para encaminar al país hacia la transición al gobierno civil, se asegure sin más demora de que ambos tengan acceso pleno y libre y sin obstáculos a Myanmar y que las personas que cooperan con ellos o con cualquier organización internacional no sean objeto de intimidación, acoso o castigo de ningún tipo, y que examine con carácter urgente los casos de las personas que sufren castigos por esa razón; g) Considere la posibilidad, como cuestión prioritaria, de hacerse parte en todos los instrumentos internacionales de derechos humanos pertinentes; h) Ponga en práctica plenamente y de inmediato disposiciones legislativas, ejecutivas y administrativas concretas para erradicar la práctica de los trabajos forzosos por todos los órganos de gobierno, incluidas las fuerzas armadas, coopere con la Organización Internacional del Trabajo y cumpla en su integridad las recomendaciones de la Comisión de Encuesta establecida para examinar el cumplimiento por Myanmar del Convenio relativo al trabajo forzoso u obligatorio, de 1930 (Convenio No. 29), de la Organización Internacional del Trabajo; i) Ponga fin de inmediato al reclutamiento y la utilización de niños soldados y coopere plenamente con las organizaciones internacionales competentes a los efectos de la desmovilización de esos niños, el regreso a sus familias y su rehabilitación, de conformidad con las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño 4; j) Ponga término a la política de desplazamiento forzoso y sistemático de personas y otras políticas que causan desplazamientos en Myanmar y corrientes de refugiados a países vecinos, dé la protección y asistencia necesarias a las personas desplazadas dentro del país y respete el derecho de los refugiados a regresar voluntariamente en condiciones de seguridad y dignidad bajo la supervisión de los organismos internacionales que corresponda; k) Permita el acceso inmediato, sin restricciones y en condiciones de seguridad de las Naciones Unidas y las organizaciones humanitarias internacionales a todas las zonas de Myanmar para prestar asistencia humanitaria y garantizar que ésta llegue a los grupos más vulnerables de la población, incluidas las personas desplazadas dentro del país y los repatriados; l) Trate de poner fin de inmediato, por conducto del diálogo y por medios pacíficos, al conflicto con todos los grupos étnicos con los que aún no se han firmado acuerdos de cesación del fuego; _______________ 4 Véase CRC/C/15/Add.237. 3

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