A/RES/58/255
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
11 de febrero de 2004
Quincuagésimo octavo período de sesiones
Tema 132 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 23 de diciembre de 2003
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/58/580)]
58/255. Financiación del Tribunal Internacional para el
enjuiciamiento de los presuntos responsables de las
violaciones graves del derecho internacional humanitario
cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991
La Asamblea General,
Habiendo examinado los informes del Secretario General sobre la financiación
para el bienio 2004-2005 del Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los
presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional
humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991 1 y el informe
conexo de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto 2,
Recordando su resolución 47/235, de 14 de septiembre de 1993, sobre la
financiación del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia, así como sus
resoluciones posteriores sobre el tema, las más recientes de las cuales son las
resoluciones 56/247 B, de 27 de marzo de 2002, y 57/288, de 20 de diciembre de
2002,
Recordando también la resolución 1503 (2003) del Consejo de Seguridad, de
28 de agosto de 2003, relativa a la creación del nuevo cargo de Fiscal del Tribunal
Internacional para Rwanda,
Acogiendo con beneplácito las novedades y mejoras en la gestión y las
actividades del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia logradas hasta la fecha
durante el bienio 2002-2003,
Toma nota de los informes del Secretario General sobre la financiación
1.
para el bienio 2004-2005 del Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los
presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional
humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 19911 y el informe
conexo de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto2;
2.
Hace suyas las conclusiones y recomendaciones que figuran en el informe
de la Comisión Consultiva2, con sujeción a lo dispuesto en la presente resolución;
_______________
1
2
03 50985
A/58/226, A/58/288 y A/58/368.
A/58/449.
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