A/RES/59/155
para la Prevención del Delito y la Justicia Penal a fin de que los países en
desarrollo y los países de economía en transición puedan adoptar medidas para
aplicar la Convención,
Acoge con beneplácito la firma de la Convención de las Naciones Unidas
1.
contra la Corrupción por un gran número de Estados Miembros, lo que indica el alto
nivel de compromiso de la comunidad internacional con los propósitos de la
Convención;
Insta a los Estados Miembros a que consideren la posibilidad de firmar y
2.
ratificar cuanto antes la Convención, a fin de que pueda entrar pronto en vigor para
ser aplicada;
Alienta a los Estados Miembros a que aporten suficientes contribuciones
3.
voluntarias, según proceda, al Fondo de las Naciones Unidas para la Prevención del
Delito y la Justicia Penal, a fin de proporcionar a los países en desarrollo y los
países de economía en transición la asistencia técnica que necesiten para aplicar la
Convención, incluida asistencia para la adopción de las medidas preparatorias
necesarias para su aplicación, teniendo en cuenta las disposiciones del artículo 62 de
la Convención;
Pide al Secretario General que proporcione a la Oficina de las Naciones
4.
Unidas contra la Droga y el Delito los recursos necesarios para que pueda promover
de manera eficaz la entrada en vigor y la aplicación de la Convención, entre otras
cosas, mediante la prestación de asistencia a los países en desarrollo y los países de
economía en transición para la creación de capacidad en las esferas que abarca la
Convención;
Pide también al Secretario General que informe a la Comisión de
5.
Prevención del Delito y Justicia Penal, en su 14° período de sesiones, sobre la
aplicación de la presente resolución.
74° sesión plenaria
20 de diciembre de 2004
2
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