A/RES/52/234
Página 3
10. Toma nota de la determinación del Secretario General5 de eliminar gradualmente el personal
proporcionado gratuitamente y sustituirlo por personal financiado por las Naciones Unidas antes de febrero
de 1999, como se comunicó a la Quinta Comisión en la continuación de su 68ª sesión, el 26 de junio de
19986;
11. Destaca que la rápida aplicación de la medida 3 contenida en el informe del Secretario General
titulado "Renovación de las Naciones Unidas: un programa de reforma"7 es de importancia para la tarea
del Secretario General de administrar la Secretaría de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 97,
100 y 101 de la Carta de las Naciones Unidas, y es indispensable para mantener el impulso de la reforma;
12. Espera con interés el informe amplio del Secretario General sobre, entre otras cosas, la
aplicación de la medida 3, que se le presentará en la parte principal de su quincuagésimo tercer período
de sesiones;
13. Toma nota con preocupación de que ciertas funciones que deben ser realizadas por funcionarios
de las Naciones Unidas están a cargo de personal proporcionado gratuitamente, y pide al Secretario
General que vele por que funciones como la verificación de solicitudes de reembolso, la tramitación de
los reembolsos por concepto de equipo de propiedad de los contingentes y el establecimiento de bases de
datos de personal, que se consideran funciones básicas, estén a cargo de personal de las Naciones Unidas;
14. Toma nota del informe del Secretario General, de 9 de marzo de 19988;
15. Pide al Secretario General que disponga lo necesario para que los futuros informes trimestrales
sobre la aceptación de personal proporcionado gratuitamente del tipo II se publiquen puntualmente y
contengan información más precisa, amplia, completa e integrada sobre el personal proporcionado
gratuitamente, similar a la información proporcionada en el primer informe sobre el personal
proporcionado gratuitamente del tipo II9, a fin de que los Estados Miembros puedan adoptar decisiones
bien fundamentadas;
16. Aprueba las directrices revisadas sobre el personal proporcionado gratuitamente que figuran en
el informe del Secretario General de 21 de noviembre de 199710, así como las recomendaciones hechas
por la Comisión Consultiva en el párrafo 11 de su informe2 y en el anexo I de ese documento, y la
explicación contenida en ese anexo, con sujeción a las disposiciones de la presente resolución;
17. Decide modificar el texto del párrafo 9 del informe del Secretario General10 para que diga:
5
Véase A/C.5/52/54. Véase también A/C.5/52/54/Rev.1, distribuido el 14 de julio de 1998.
6
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo segundo período de sesiones,
Quinta Comisión, 68a. sesión (A/C.5/52/SR.68/Add.1), y corrección.
7
A/51/950.
8
A/52/823.
9
A/52/709 y Corr.1.
10
A/52/698.
/...