Declaración política sobre la solución pacífica de los conflictos en África A/RES/67/259 Unidas y la Unión Africana, de conformidad con el acuerdo de cooperación y los demás memorandos de entendimiento pertinentes entre las dos organizaciones. 12. Encomiamos la labor que llevan a cabo las Naciones Unidas, la Unión Africana y las organizaciones subregionales, junto con otros asociados internacionales, para prestar un apoyo eficaz a las misiones de mantenimiento de la paz emprendidas por organizaciones regionales de conformidad con el Capítulo VIII de la Carta. 13. Prometemos apoyar la plena entrada en funcionamiento de las estructuras africanas de paz y seguridad, incluido el Grupo de Sabios, el Marco de la Unión Africana para la Reconstrucción y el Desarrollo Posteriores a los Conflictos, el Fondo para la Paz, el sistema continental de alerta temprana y la entrada en funcionamiento de la Fuerza Africana de Reserva. 14. Ponemos de relieve la necesidad de que se aplique un enfoque coordinado, coherente e integrado a la consolidación de la paz y la reconciliación después de los conflictos con miras a lograr la paz sostenible, y, a este respecto, reconocemos la importancia de la Comisión de Consolidación de la Paz para proporcionar acompañamiento político, obtener recursos suficientes y asegurar la coherencia y la coordinación entre los agentes pertinentes, así como la necesidad de que la Comisión asesore sobre estrategias integradas para la consolidación de la paz y la recuperación después de los conflictos que se ajusten a las prioridades determinadas a nivel nacional, y proponga estrategias de esa índole. 15. Reconocemos que la consecución de los objetivos de consolidación de la paz y construcción del Estado contribuirá a la paz duradera y al desarrollo sostenible de África. 16. Reconocemos también que la paz duradera y el desarrollo sostenible pueden potenciarse mediante arreglos políticos y soluciones de conflictos inclusivos, el aumento de la protección y el empoderamiento, así como el acceso a la justicia, el empleo y mejores condiciones socioeconómicas, transparencia y rendición de cuentas. 17. Encomiamos las gestiones del Secretario General de las Naciones Unidas y la Presidenta de la Comisión de la Unión Africana para promover la asociación entre las Naciones Unidas y la Unión Africana, que se ha reforzado con las resoluciones del Consejo de Seguridad 1809 (2008) y 2033 (2012), y todas las resoluciones de la Asamblea General y resoluciones y declaraciones de la Presidencia del Consejo de Seguridad relacionadas con la cooperación entre las Naciones Unidas y la Unión Africana, en particular las resoluciones de la Asamblea General 60/1, 63/1, 65/274, 66/286 y 66/287, al asegurar que los acuerdos regionales desempeñen plenamente su función en las estructuras de paz y seguridad. 18. Recordamos el párrafo 153 del Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 2, en que los dirigentes resolvieron apoyar la pronta reforma del Consejo de Seguridad como elemento esencial del esfuerzo global por reformar las Naciones Unidas, para que tenga una representatividad más amplia y sea más eficiente y transparente, de modo que aumente aún más su eficacia y la legitimidad y aplicación de sus decisiones. Reconocemos que más del 70% de la labor del Consejo de Seguridad se dedica a cuestiones africanas y, en este contexto, reconocemos la injusticia histórica cometida contra África en lo referente a su representación en el Consejo de Seguridad y expresamos apoyo para que aumente y mejore la _______________ 2 Resolución 60/1. 3/6

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