A/HRC/RES/56/4 que exigen un aumento de la coordinación y de la toma de decisiones colectivas a nivel mundial, Reafirmando la importancia crucial de aumentar los recursos asignados a la asistencia oficial para el desarrollo, recordando el compromiso de los países industrializados de asignar el 0,7 % de su ingreso nacional bruto a asistencia oficial para el desarrollo, y reconociendo la necesidad de obtener recursos nuevos y adicionales para financiar los programas de desarrollo de los países en desarrollo, Poniendo de relieve el compromiso que asumieron los Estados en la Agenda 2030 de revitalizar la Alianza Mundial para el Desarrollo Sostenible sobre la base de un espíritu de solidaridad mundial, en particular con los más pobres y vulnerables, Afirmando que la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la efectividad del derecho al desarrollo requieren una metodología, una mentalidad y una actuación más juiciosas y basadas en un sentido de comunidad y solidaridad internacional, Decidido a avanzar en el compromiso de la comunidad internacional con miras a lograr progresos sustanciales en el campo de los derechos humanos mediante un esfuerzo más intenso y sostenido de cooperación y solidaridad internacionales, Reconociendo que la promoción y protección de los derechos humanos debe basarse en los principios de cooperación y diálogo genuino a fin de fortalecer la capacidad de los Estados Miembros para cumplir sus obligaciones en materia de derechos humanos en beneficio de todas las personas, Poniendo de relieve, a la luz de la experiencia de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), que las respuestas para contener, mitigar y superar futuras pandemias y sus consecuencias deben estar centradas en las personas, responder a las cuestiones de género, respetar plenamente los derechos humanos, ser multidimensionales, estar coordinadas, ser inclusivas, innovadoras, rápidas y decisivas a todos los niveles, mediante la cooperación internacional, la unidad, la solidaridad y la acción colectiva, sobre la base de un enfoque multilateral y unas instituciones internacionales sólidas, Afirmando la necesidad de recopilar y difundir las buenas prácticas y experiencias en materia de solidaridad internacional de Estados y actores no estatales a todos los niveles, en el contexto de las medidas de recuperación pospandémica, Resuelto a esforzarse a fin de que las generaciones actuales sean plenamente conscientes de sus responsabilidades para con las futuras y sea posible un mundo mejor en el que las generaciones futuras puedan disfrutar de un entorno que asegure su salud y bienestar, 1. Reafirma el reconocimiento, recogido en la Declaración del Milenio, del valor fundamental de la solidaridad para las relaciones internacionales en el siglo XXI, al afirmar que los problemas mundiales deben abordarse de tal manera que los costos y las cargas se distribuyan con justicia, conforme a los principios fundamentales de la equidad y la justicia social, y que los que sufren, o los que menos se benefician, merecen la ayuda de los más beneficiados; 2. Reafirma también que la solidaridad internacional no se limita a la asistencia y la cooperación, la ayuda, la caridad o la asistencia humanitaria internacionales; es un concepto y un principio más amplio que incluye la sostenibilidad en las relaciones internacionales, especialmente las relaciones económicas internacionales, la coexistencia pacífica de todos los miembros de la comunidad internacional, las asociaciones en condiciones de igualdad y la distribución equitativa de los beneficios y cargas; 3. Reitera su determinación de contribuir a la solución de los problemas del mundo actual mediante una mayor cooperación internacional, de crear condiciones que aseguren que las necesidades y los intereses de las generaciones futuras no se vean comprometidos por la carga del pasado, y de legar a las generaciones futuras un mundo mejor; 4. Reafirma que el fomento de la cooperación internacional es un deber de los Estados, y que esta debe llevarse a cabo sin condiciones y sobre la base del respeto mutuo, acatando plenamente los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, en 2 GE.24-12703

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