A/RES/60/95
el momento en que el Tratado entre en vigor, el régimen de verificación del Tratado
esté en condiciones de cumplir los requisitos que entraña esa labor, de conformidad
con el artículo IV del Tratado;
Subraya la necesidad de seguir avanzando para finalizar el régimen de
3.
verificación;
4.
Insta a todos los Estados a mantener sus moratorias de las explosiones
de los ensayos de armas nucleares o de cualesquiera otras explosiones nucleares y a
abstenerse de todo acto contrario al objeto y propósito del Tratado;
Insta a todos los Estados que aún no hayan firmado el Tratado a firmarlo
5.
y ratificarlo lo antes posible;
6.
Insta a todos los Estados que hayan firmado el Tratado pero aún no lo
hayan ratificado, en particular aquéllos cuya ratificación es necesaria para que
entre en vigor, a acelerar el proceso de ratificación con miras a que concluya
satisfactoriamente cuanto antes;
Insta a todos los Estados a que continúen ocupándose de la cuestión al
7.
más alto nivel político;
8.
Pide al Secretario General que, en consulta con la Comisión Preparatoria
de la Organización del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares,
prepare un informe sobre las medidas adoptadas por los Estados que han ratificado
el Tratado con miras a su universalización y sobre las posibilidades de prestar
asistencia en materia de procedimientos de ratificación a los Estados que lo
soliciten, y que le presente dicho informe en su sexagésimo primer período de
sesiones;
Decide incluir en el programa provisional de su sexagésimo primer
9.
período de sesiones el tema titulado “Tratado de prohibición completa de los
ensayos nucleares”.
62ª sesión plenaria
8 de diciembre de 2005
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