A/RES/58/153
relativos a la coordinación de la labor de la Oficina, y continúe la práctica
establecida en el párrafo 11 de su estatuto, de presentar cada año un informe escrito
a la Asamblea General, en el entendimiento de que cada diez años, a partir del
sexagésimo octavo período de sesiones, dicho informe incluirá un examen
estratégico de la situación mundial de los refugiados y de la función de la Oficina,
preparado en consulta con el Secretario General y el Comité Ejecutivo.
77ª sesión plenaria
22 de diciembre de 2003
3
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