A/RES/58/153 relativos a la coordinación de la labor de la Oficina, y continúe la práctica establecida en el párrafo 11 de su estatuto, de presentar cada año un informe escrito a la Asamblea General, en el entendimiento de que cada diez años, a partir del sexagésimo octavo período de sesiones, dicho informe incluirá un examen estratégico de la situación mundial de los refugiados y de la función de la Oficina, preparado en consulta con el Secretario General y el Comité Ejecutivo. 77ª sesión plenaria 22 de diciembre de 2003 3

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