A/RES/56/115 información pública, para las personas con discapacidad y con su participación con el fin de crear una mayor conciencia y sensibilidad respecto de la discapacidad y de las cuestiones que plantea, así como de combatir y superar la discriminación contra las personas con discapacidad y promover su participación plena y efectiva en la sociedad; 7. Alienta a los gobiernos a que sigan prestando apoyo a las organizaciones no gubernamentales que contribuyen a la plena aplicación del Programa de Acción Mundial para los Impedidos; 8. Alienta también a los gobiernos a que den participación a las personas con discapacidad en la formulación de estrategias y planes encaminados a erradicar la pobreza, promover la educación y fomentar el empleo; 9. Insta a los organismos y organizaciones competentes del sistema de las Naciones Unidas, incluidos los órganos creados en virtud de los tratados de derechos humanos que correspondan y las comisiones regionales, así como a las organizaciones e instituciones intergubernamentales y no gubernamentales a que sigan cooperando estrechamente con el programa para las personas con discapacidad de la División de Política Social y Desarrollo de la Secretaría en la promoción de los derechos de esas personas, incluso mediante actividades sobre el terreno, y den a conocer a tal efecto sus experiencias, conclusiones y recomendaciones sobre las personas con discapacidad; 10. Insta a los gobiernos a que cooperen con la División de Estadística de la Secretaría para seguir preparando estadísticas e indicadores mundiales sobre discapacidad y les alienta a que recurran a la asistencia técnica de la División para formar una mayor capacidad para los sistemas nacionales de compilación de datos, incluida la compilación y difusión de datos sobre las personas discapacitadas, así como la elaboración de métodos para la compilación de datos y estadísticas sobre la discapacidad, según proceda; 11. Insta a los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a que proporcionen protección especial a las mujeres jóvenes y adultas con discapacidad, las personas ancianas con discapacidad y las personas con discapacidades psiquiátricas y de desarrollo, prestando particular atención a su integración en la sociedad y a la protección y la promoción de sus derechos humanos; 12. Insta a los gobiernos a que, en colaboración con el sistema de las Naciones Unidas, presten especial atención a los derechos, las necesidades y el bienestar de los niños con discapacidad y sus familias en la formación de normas y programas, incluida la aplicación de las Normas Uniformes; 13. Alienta a los gobiernos, a las organizaciones intergubernamentales, a las organizaciones no gubernamentales interesadas y al sector privado a que sigan prestando apoyo al Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para Problemas de Discapacidad con miras a darle mayor capacidad para prestar apoyo a actividades catalizadoras e innovadoras destinadas a dar plena aplicación al Programa de Acción Mundial y las Normas Uniformes, incluida la labor del Relator Especial, y a que presten apoyo a las actividades de formación de capacidad nacional, teniendo especialmente en cuenta las prioridades de acción señaladas en la presente resolución; 14. Pide al Secretario General que continúe proporcionando apoyo a las iniciativas de los órganos y organizaciones competentes del sistema de las Naciones Unidas, así como de las organizaciones e instituciones regionales, intergubernamentales y no gubernamentales, para la promoción de todos los derechos humanos de las 4

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