A/RES/58/118 1. Toma nota del informe del Secretario General 2, preparado en cumplimiento de la resolución 56/102, relativa a la participación de voluntarios, “Cascos Blancos”, en las actividades de las Naciones Unidas en la esfera del socorro humanitario, la rehabilitación y la cooperación técnica para el desarrollo; Reconoce la utilidad de las medidas nacionales y regionales encaminadas 2. a poner a disposición del sistema de las Naciones Unidas, por conducto de los Voluntarios de las Naciones Unidas y otros organismos, cuerpos nacionales de voluntarios de reserva preestablecidos y capacitados, de conformidad con los procedimientos y las prácticas aceptados de las Naciones Unidas, a fin de aportar recursos humanos y técnicos especializados para las actividades de socorro de emergencia y rehabilitación; Expresa su satisfacción por los progresos de la iniciativa de los Cascos 3. Blancos, como singular esfuerzo internacional voluntario para poner a disposición del sistema de las Naciones Unidas especialistas voluntarios capaces de responder, en forma rápida y coordinada, a los llamamientos de las Naciones Unidas relativos al socorro humanitario, la rehabilitación, la reconstrucción y el desarrollo, manteniendo al mismo tiempo el carácter no político, neutral e imparcial de la acción humanitaria; Alienta a los Estados Miembros a que establezcan sus respectivos centros 4. nacionales de coordinación de los Cascos Blancos a fin de seguir proporcionando al sistema de las Naciones Unidas una red mundial accesible de servicios de respuesta rápida en casos de emergencia humanitaria; Reconoce con aprecio los progresos hechos por los Estados miembros del 5. Mercado Común del Sur y sus asociados en el fortalecimiento y la ampliación de la función regional de la iniciativa de los Cascos Blancos, y alienta a los Estados Miembros en otras asociaciones regionales a que emprendan acciones conjuntas similares; Alienta a los colaboradores operacionales del sistema de las Naciones 6. Unidas, en particular a los Voluntarios de las Naciones Unidas y al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, a que aprovechen la pericia ofrecida por los voluntarios de los Cascos Blancos, según convenga, incluso en la respuesta a situaciones crónicas caracterizadas por el hambre, la malnutrición y la pobreza; Reconoce que la iniciativa de los Cascos Blancos puede desempeñar un 7. papel importante en la promoción, difusión y ejecución de las decisiones adoptadas en la Declaración del Milenio1 e invita a los Estados Miembros que puedan hacerlo a que estudien los medios de asegurar la integración de la iniciativa de los Cascos Blancos en sus actividades programáticas y suministren recursos financieros proporcionados por conducto de la cuenta especial del Fondo Especial de Contribuciones Voluntarias para los Voluntarios de las Naciones Unidas o en coordinación con ella; Invita al Secretario General a que, basándose en la experiencia adquirida, 8. siga estudiando la posibilidad de utilizar a los Cascos Blancos como recurso para prevenir y mitigar los efectos de las situaciones de emergencia humanitaria posteriores a los conflictos y, en este contexto, a mantener un apoyo adecuado para las funciones de enlace de los Cascos Blancos, teniendo presente el proceso de reformas en curso; _______________ 2 2 A/58/320.

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