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edad y sexo, asistencia letrada e información accesible sobre sus derechos o las vías
para obtener una reparación por los actos de violencia sufridos.
54. Una y otra vez, los niños en tránsito sufren miedo, ansiedad, pánico,
depresión, trastornos del sueño, problemas de salud mental, un mayor riesgo de
autolesionarse y un exacerbado sentimiento de desesperanza, lo que tiene graves
consecuencias en su desarrollo y bienestar.
55. Esos niños se han quedado muy rezagados. Para ellos, la visión de la Age nda
2030 parece lejana e ilusoria. Es urgente transformar la sucesión de actos de
violencia que caracteriza su vida en una sucesión de actos de protección de sus
derechos.
56. Ese fue el principal motivo de preocupación que se abordó en la consulta de
expertos organizada en México, en junio de 2017, por la Representante Especial y la
Universidad Iberoamericana, en cooperación con los asociados de las Naciones
Unidas, las instituciones académicas, la sociedad civil y las organizaciones
comunitarias.
57. Los participantes en la consulta se centraron especialmente en la manera de
salvaguardar el interés superior de los niños en tránsito. Esta debe ser una
consideración primordial en todas las decisiones que afecten al niño, incluso a su
llegada a un país de tránsito o destino, en los procedimientos de identificación y
registro y durante los procedimientos pertinentes en que deba tenerse en cuenta la
opinión del niño, y cuando se prevea la posibilidad del retorno o se considere la
deportación de un miembro de la familia.
58. Los niños también deben ser informados de sus derechos y salvaguardias
jurídicas en todas las etapas, tener acceso a información y asesoramiento adaptados
a su edad y ser realmente consultados sobre las decisiones que los afecten,
especialmente cuando se trate de reparaciones por actos de violencia.
59. La protección del interés superior del niño es fundamental para un
procedimiento seguro de determinación de la edad, que tenga presente al niño y su
sexo, así como sus características culturales. Este tipo de p rocedimiento solo debe
llevarse a cabo cuando existen dudas fundadas sobre la edad del niño. Debe estar a
cargo de un equipo multidisciplinario de profesionales capacitados, llevarse a cabo
respetando la dignidad del niño y teniendo en cuenta el trauma que puede que ya
haya soportado. En caso de duda sobre su edad, los niños deben beneficiarse de la
protección especial a que tienen derecho.
60. La salvaguardia del interés superior del niño es especialmente importante en el
caso de niños no acompañados o separados de su familia. Es esencial que se designe
con prontitud un tutor que defienda su interés superior en todo momento. Como se
señala en la consulta de expertos, el interés superior del niño puede verse socavado
por la larga duración de los procedimientos, una deficiente investigación para tratar
de encontrar tutores cualificados y la falta de normas claras y armonizadas sobre sus
funciones y responsabilidades. También se ve menoscabado cuando los tutores son
responsables de un gran número de niños. La falta de un sistema eficaz de
seguimiento y procedimientos seguros de denuncia ha puesto en peligro la detección
de casos de abuso y explotación de niños, así como una respuesta rápida y eficaz.
61. Los niños tienen derecho a crecer en un entorno familiar de cariño y atención
que garantice su cuidado, desarrollo y bienestar. Cuando los niños se ven obligados
a huir de sus países en busca de seguridad y protección, la preservación de un
entorno familiar pasa a ser especialmente importante. El respeto de la unidad
familiar y la protección especial en caso de separación fueron firmes
recomendaciones de la consulta cuando los niños viajan con su familia y a efectos
de velar por que toda solicitud de reagrupación familiar sea considerada de manera
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