A/RES/59/163 Drogas sintéticas ilícitas 7. Insta a los Estados a que renueven sus esfuerzos en los planos nacional, regional e internacional para aplicar las medidas amplias establecidas en el Plan de Acción para combatir la fabricación ilícita, el tráfico y el uso indebido de estimulantes de tipo anfetamínico y sus precursores 15, a que se esfuercen especialmente por luchar contra el uso indebido y el consumo recreativo de estimulantes de tipo anfetamínico, en particular entre los jóvenes, y a que difundan información sobre las consecuencias perjudiciales que desde el punto de vista social, económico y de la salud tiene ese uso indebido; Fiscalización de sustancias 8. Alienta a los Estados a que establezcan o refuercen mecanismos y procedimientos que aseguren una fiscalización estricta de las sustancias que figuran en los tratados de fiscalización internacional de drogas y se emplean para fabricar drogas ilícitas de origen natural o sintético, y a que apoyen las operaciones internacionales destinadas a prevenir su desviación, incluso mediante la coordinación y la cooperación entre los servicios de reglamentación y aplicación de la ley que participan en su fiscalización; Fiscalización de precursores 9. Alienta a los Estados a que establezcan o refuercen mecanismos y procedimientos que aseguren una fiscalización estricta de los precursores químicos que se emplean para fabricar drogas ilícitas, apoyen las operaciones internacionales encaminadas a prevenir la desviación de los precursores químicos, incluso mediante la coordinación y la cooperación entre los servicios de reglamentación y aplicación de la ley que participan en su fiscalización, en colaboración con la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes, y combatan eficazmente las redes de contrabando llevando a cabo investigaciones policiales de rastreo, entre otras cosas; Cooperación judicial 10. Exhorta a todos los Estados a que refuercen la cooperación internacional entre las autoridades judiciales y policiales a todos los niveles para prevenir y combatir el tráfico ilícito de drogas e intercambiar y promover prácticas operativas óptimas con miras a la interdicción del tráfico ilícito de drogas, incluso mediante la creación de mecanismos regionales y el fortalecimiento de los ya existentes, la prestación de asistencia técnica y el establecimiento de métodos eficaces de cooperación, en particular en materia de control aéreo, marítimo, portuario y fronterizo y en la aplicación de los tratados de extradición; Lucha contra el blanqueo de dinero 11. Insta a los Estados a que refuercen las actividades, en particular la cooperación internacional y la asistencia técnica, destinadas a prevenir y combatir el blanqueo de las ganancias obtenidas mediante el tráfico ilícito de drogas y las actividades delictivas conexas, con el apoyo del sistema de las Naciones Unidas y de instituciones internacionales como el Banco Mundial y los bancos regionales de desarrollo, a que establezcan regímenes internacionales amplios de lucha contra el _______________ 15 Véase resolución S-20/4 A. 5

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