A/RES/60/119
resolución 1541 (XV), de 15 de diciembre de 1960, y sobre las experiencias de otros
pequeños Estados que han alcanzado la plena autonomía;
8.
Pide al Comité Especial que siga buscando los medios adecuados para
aplicar de forma inmediata y plena la Declaración y que ponga en práctica las medidas
aprobadas por la Asamblea General en relación con el Decenio Internacional para la
Eliminación del Colonialismo y el Segundo Decenio Internacional para la Eliminación
del Colonialismo en todos los territorios que todavía no hayan ejercido su derecho a la
libre determinación, incluida la independencia, y en particular que:
a)
Formule propuestas concretas para poner fin al colonialismo y le presente
un informe al respecto en su sexagésimo primer período de sesiones;
b)
Siga examinando la aplicación de la resolución 1514 (XV) y las demás
resoluciones sobre descolonización por los Estados Miembros;
c)
Siga examinando la situación política, económica y social de los territorios
no autónomos y le recomiende, según proceda, las medidas que más convenga adoptar
para que las poblaciones de esos territorios puedan ejercer su derecho a la libre
determinación, incluida la independencia, de conformidad con las resoluciones sobre
descolonización, incluidas las relativas a territorios concretos;
d)
Concluya, antes de fin de 2006, un programa de trabajo constructivo, caso
por caso, para los territorios no autónomos, con objeto de facilitar el cumplimiento del
mandato del Comité Especial y de las resoluciones sobre descolonización, incluidas
las relativas a territorios concretos;
e)
Siga enviando misiones visitadoras a los territorios no autónomos de
conformidad con las resoluciones sobre descolonización, incluidas las relativas a
territorios concretos;
f)
Celebre seminarios, según proceda, para recibir y difundir información
sobre la labor del Comité Especial y facilite la participación de los pueblos de los
territorios no autónomos en dichos seminarios;
g)
Adopte todas las medidas necesarias con el fin de obtener apoyo, a nivel
mundial, de gobiernos y de organizaciones nacionales e internacionales para el logro
de los objetivos de la Declaración y la aplicación de las resoluciones pertinentes de las
Naciones Unidas;
h)
Celebre todos los años la Semana de Solidaridad con los pueblos de los
territorios no autónomos 4;
9.
Exhorta a todos los Estados, en especial a las Potencias administradoras,
así como a los organismos especializados y demás organizaciones del sistema de las
Naciones Unidas, a que apliquen, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia,
las recomendaciones del Comité Especial para la aplicación de la Declaración y otras
resoluciones de las Naciones Unidas sobre la cuestión;
10. Exhorta a las Potencias administradoras a que velen por que las actividades
económicas realizadas en los territorios no autónomos bajo su administración no
tengan consecuencias perjudiciales para los intereses de los pueblos de esos territorios
sino que promuevan su desarrollo, y a que los ayuden a ejercer su derecho a la libre
determinación;
_______________
4
Véase la resolución 54/91.
3
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