A/RES/59/168 25. Insta a los Estados Partes a que cumplan plenamente las obligaciones que les corresponden en virtud de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y a los que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de firmar o ratificar su Protocolo Facultativo 9 o adherirse a él; 26. Reconoce el importante papel que desempeña el derecho, incluida la legislación, en la promoción de la igualdad entre los géneros y la aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing, encomia los progresos conseguidos por los Estados en el ámbito de la reforma jurídica y exhorta a los Estados a que prosigan sus esfuerzos por derogar las leyes y erradicar las prácticas que discriminen contra la mujer y promulgar leyes y promover prácticas que protejan los derechos de las mujeres y fomenten la igualdad entre los géneros; 27. Insta a los Estados Miembros a que consideren la posibilidad de firmar o ratificar la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos 10 o adherirse a ellos, en particular el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional; 28. Exhorta a los gobiernos, al sistema de las Naciones Unidas y a los demás agentes pertinentes a que continúen integrando perspectivas de género en la aplicación y el seguimiento de las conferencias, las cumbres y los períodos extraordinarios de sesiones celebrados recientemente por las Naciones Unidas; 29. Afirma que, para asegurar la consecución efectiva de los objetivos estratégicos de la Plataforma de Acción de Beijing y de los resultados de su vigésimo tercer período extraordinario de sesiones, el sistema de las Naciones Unidas debe seguir promoviendo una política activa y visible de incorporación de las perspectivas de género, incluso mediante la labor de la División para el Adelanto de la Mujer y la Oficina de la Asesora Especial en cuestiones de Género y Adelanto de la Mujer y manteniendo dependencias y centros de coordinación relacionados con las cuestiones de género y especialistas en esas cuestiones, y con el apoyo activo de todos los órganos de las Naciones Unidas, entre otras cosas asegurándose de que todo el personal de las Naciones Unidas, especialmente sobre el terreno, reciba capacitación sobre las perspectivas de género en su trabajo, incluido el análisis de las repercusiones desde el punto de vista del género, y de que se haga un seguimiento adecuado de dicha capacitación; 30. Reconoce la necesidad de seguir incluyendo perspectivas de género en la labor de sus Comisiones Principales y otros órganos intergubernamentales; 31. Pide a todos los órganos que se ocupan de cuestiones relacionadas con los programas y el presupuesto, incluido el Comité del Programa y de la Coordinación, que se aseguren de que en todos los programas, planes y presupuestos por programas se incorporen claramente perspectivas de género; 32. Alienta al Consejo Económico y Social a que prosiga sus esfuerzos por asegurar que la incorporación de la perspectiva de género forme parte integrante de todas las actividades incluidas en su labor y la de sus órganos subsidiarios, entre _______________ 9 Resolución 54/4, anexo. Resolución 55/25, anexos I a III, y resolución 55/255, anexo. 10 6

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