A/RES/59/168
25. Insta a los Estados Partes a que cumplan plenamente las obligaciones que
les corresponden en virtud de la Convención sobre la eliminación de todas las
formas de discriminación contra la mujer y a los que aún no lo hayan hecho a que
consideren la posibilidad de firmar o ratificar su Protocolo Facultativo 9 o adherirse
a él;
26. Reconoce el importante papel que desempeña el derecho, incluida la
legislación, en la promoción de la igualdad entre los géneros y la aplicación de la
Plataforma de Acción de Beijing, encomia los progresos conseguidos por los
Estados en el ámbito de la reforma jurídica y exhorta a los Estados a que prosigan
sus esfuerzos por derogar las leyes y erradicar las prácticas que discriminen contra
la mujer y promulgar leyes y promover prácticas que protejan los derechos de las
mujeres y fomenten la igualdad entre los géneros;
27. Insta a los Estados Miembros a que consideren la posibilidad de firmar o
ratificar la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada
Transnacional y sus Protocolos 10 o adherirse a ellos, en particular el Protocolo para
prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños,
que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional;
28. Exhorta a los gobiernos, al sistema de las Naciones Unidas y a los demás
agentes pertinentes a que continúen integrando perspectivas de género en la
aplicación y el seguimiento de las conferencias, las cumbres y los períodos
extraordinarios de sesiones celebrados recientemente por las Naciones Unidas;
29. Afirma que, para asegurar la consecución efectiva de los objetivos
estratégicos de la Plataforma de Acción de Beijing y de los resultados de su
vigésimo tercer período extraordinario de sesiones, el sistema de las Naciones
Unidas debe seguir promoviendo una política activa y visible de incorporación de
las perspectivas de género, incluso mediante la labor de la División para el Adelanto
de la Mujer y la Oficina de la Asesora Especial en cuestiones de Género y Adelanto
de la Mujer y manteniendo dependencias y centros de coordinación relacionados con
las cuestiones de género y especialistas en esas cuestiones, y con el apoyo activo de
todos los órganos de las Naciones Unidas, entre otras cosas asegurándose de que
todo el personal de las Naciones Unidas, especialmente sobre el terreno, reciba
capacitación sobre las perspectivas de género en su trabajo, incluido el análisis de
las repercusiones desde el punto de vista del género, y de que se haga un
seguimiento adecuado de dicha capacitación;
30. Reconoce la necesidad de seguir incluyendo perspectivas de género en la
labor de sus Comisiones Principales y otros órganos intergubernamentales;
31. Pide a todos los órganos que se ocupan de cuestiones relacionadas con
los programas y el presupuesto, incluido el Comité del Programa y de la
Coordinación, que se aseguren de que en todos los programas, planes y presupuestos
por programas se incorporen claramente perspectivas de género;
32. Alienta al Consejo Económico y Social a que prosiga sus esfuerzos por
asegurar que la incorporación de la perspectiva de género forme parte integrante de
todas las actividades incluidas en su labor y la de sus órganos subsidiarios, entre
_______________
9
Resolución 54/4, anexo.
Resolución 55/25, anexos I a III, y resolución 55/255, anexo.
10
6
Sélectionner le paragraphe cible3
Se connecter à un paragraphe
Connect to an entity
Disable highlights
Ajouter à la table des matières