A/RES/51/104 Página 2 Viena, que aprobó la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 19934, así como el cincuentenario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, Estimando que la Campaña Mundial de Información Pública sobre los Derechos Humanos es un valioso complemento de las actividades de las Naciones Unidas encaminadas a la ulterior promoción y protección de los derechos humanos, y recordando la importancia atribuida por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos a la educación e información en la esfera de los derechos humanos, Convencida de que la educación en la esfera de los derechos humanos no debe circunscribirse al suministro de información, sino que debe constituir un proceso integral que se prolongue toda la vida, por el cual las personas de todos los niveles de desarrollo y de todas las sociedades aprendan a respetar la dignidad del prójimo y cuáles son los medios y mecanismos de velar por ese respeto, Reconociendo que la educación y la información en la esfera de los derechos humanos son indispensables para la realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales y que los programas cuidadosamente diseñados para enseñar, aprender, formar y compartir experiencias, materiales e información pueden tener un efecto catalítico en las actividades nacionales, regionales e internacionales para promover y proteger los derechos humanos y para impedir las violaciones de esos derechos, Convencida de que la educación y la información en la esfera de los derechos humanos contribuyen a promover un concepto de desarrollo compatible con la dignidad de mujeres y hombres de todas las edades y que tienen en cuenta a los diferentes sectores de la sociedad, como los niños, las poblaciones indígenas, las minorías y las personas discapacitadas, Teniendo en cuenta la labor para promover la educación en la esfera de los derechos humanos que realizan docentes y organizaciones no gubernamentales del mundo entero, así como organizaciones intergubernamentales como la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, la Organización Internacional del Trabajo y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Convencida de que cada mujer, hombre, niña y niño, para materializar su pleno potencial humano, debe ser consciente de todos sus derechos humanos y sus libertades fundamentales, Reconociendo la labor valiosa y creativa que las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones comunitarias pueden desempeñar difundiendo información pública y participando en las actividades de educación en la esfera de los derechos humanos, especialmente a nivel popular y en las comunidades apartadas y rurales, Consciente de la función de apoyo que el sector privado puede desempeñar en la ejecución del Plan de Acción para el Decenio de las Naciones Unidas para 4 A/CONF.157/24 (Parte I), cap. III. /...

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