A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/53/32
6 de enero de 1999
Quincuagésimo tercer período de sesiones
Tema 38 a) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/53/L.35 y Add.1)]
53/32. Los océanos y el derecho del mar
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 49/28, de 6 de diciembre de 1994, 50/23, de 5 de diciembre de 1995,
51/34, de 9 de diciembre de 1996, y 52/26, de 26 de noviembre de 1997, aprobadas después de la entrada
en vigor de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar1 (“la Convención”) el 16
de noviembre de 1994,
Recordando también su resolución 2749 (XXV), de 17 de diciembre de 1970, y considerando que
la Convención, junto con el Acuerdo relativo a la aplicación de la Parte XI de la Convención de las
Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de diciembre de 19822 (“el Acuerdo”), constituye el
régimen que ha de aplicarse a la Zona y a sus recursos según se han definido en la Convención,
Recalcando el carácter universal de la Convención y su importancia fundamental para el
mantenimiento y el fortalecimiento de la paz y la seguridad internacionales, así como para el uso y
desarrollo sostenibles de los mares y océanos y sus recursos,
1
Documentos Oficiales de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, vol.
XVII (publicación de las Naciones Unidas, No. de venta: S.84.V.3), documento A/CONF.62/122.
2
Resolución 48/263, anexo.
99-76126
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