A/RES/56/17
2.
Expresa su reconocimiento a los Estados poseedores de armas nucleares
que han firmado los Protocolos que les conciernen, y hace un llamamiento a los que
no han ratificado aún los Protocolos que les conciernen para que lo hagan lo antes
posible;
3.
Hace un llamamiento a los Estados a que se refiere el Protocolo III del
Tratado que todavía no lo hayan hecho para que adopten todas las medidas
necesarias a fin de garantizar la pronta aplicación del Tratado en los territorios
situados en la zona geográfica establecida en el Tratado que estén, de jure o de
facto, bajo su responsabilidad internacional;
4.
Hace un llamamiento a los Estados de África que son partes en el
Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares 4 que aún no lo hayan hecho
para que concierten acuerdos de salvaguardias amplias con el Organismo
Internacional de Energía Atómica de conformidad con lo dispuesto en dicho
Tratado, con lo cual cumplirán las disposiciones del inciso b) del artículo 9 del
anexo II del Tratado de Pelindaba, cuando entre en vigor, y concierten protocolos
adicionales a sus acuerdos de salvaguardias sobre la base del Modelo de Protocolo
aprobado por la Junta de Gobernadores del Organismo el 15 de mayo de 1997 5;
5.
Expresa su gratitud al Secretario General de las Naciones Unidas, al
Secretario General de la Organización de la Unidad Africana y al Director del
Organismo Internacional de Energía Atómica por la diligencia con que han prestado
eficaz asistencia a los signatarios del Tratado;
6.
Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo octavo
período de sesiones el tema titulado “Tratado sobre una zona libre de armas
nucleares en África”.
68ª sesión plenaria
29 de noviembre de 2001
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Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 729, No. 10485.
Organismo Internacional de Energía Atómica, INFCIRC/540 (Corregido).