A/RES/58/150
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
24 de febrero de 2004
Quincuagésimo octavo período de sesiones
Tema 112 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 22 de diciembre de 2003
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/58/503)]
58/150. Asistencia a los menores refugiados no acompañados
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 49/172, de 23 de diciembre de 1994, 50/150, de
21 de diciembre de 1995, 51/73, de 12 de diciembre de 1996, 52/105, de 12 de
diciembre de 1997, 53/122, de 9 de diciembre de 1998, 54/145, de 17 de diciembre de
1999, y 56/136, de 19 de diciembre de 2001,
Consciente de que la mayoría de los refugiados son niños y mujeres,
Teniendo presente que los menores refugiados no acompañados se cuentan
entre los refugiados más vulnerables y los que se hallan más expuestos al abandono,
la violencia, el reclutamiento militar forzado, las agresiones sexuales y los abusos y
a contraer enfermedades infecciosas como el virus de la inmunodeficiencia humana
y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida, el paludismo y la tuberculosis y, por
lo tanto, requieren asistencia y cuidados especiales,
Consciente de que la solución definitiva de la difícil situación de esos menores
no acompañados consiste en que regresen y se reúnan con sus familias,
Teniendo en cuenta que, tratándose de menores no acompañados, las medidas
más importantes son una rápida identificación, la inscripción y la documentación
inmediatas y la búsqueda de sus familias,
Recordando el documento final titulado “Un mundo apropiado para los niños”,
aprobado por la Asamblea General el 10 de mayo de 2002 en su vigésimo séptimo
período extraordinario de sesiones 1,
Observando con reconocimiento la labor de identificación y búsqueda de
menores no acompañados que realizan la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados y el Fondo de las Naciones Unidas para la
Infancia, y acogiendo con beneplácito su labor para reunificar a las familias de
refugiados,
Acogiendo con beneplácito las gestiones del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados para reunir a los refugiados con sus familias,
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03 50361
Resolución S-27/2, anexo.